La exvicepresidenta valenciana Mónica Oltra.

La exvicepresidenta valenciana Mónica Oltra. EFE / MANUEL BRUQUE

Valencia TRIBUNALES

La Fiscalía rectifica y no seguirá investigando a Mónica Oltra por el caso de los abusos de su exmarido

Apoya la decisión del juez de cerrar el caso tras no hallar pruebas suficientes en estos dos años para seguir con las diligencias abiertas.

12 abril, 2024 15:52
Valencia

La Fiscalía de Valencia no recurrirá el auto del titular del juzgado de Instrucción 15, el juez Vicente Ríos, que archivó la investigación abierta contra la exvicepresidenta valenciana Mónica Oltra y sus colaboradores por el supuesto encubrimiento de los abusos sexuales a una niña tutelada cometidos por su exmarido.

El juez Ríos tomó la decisión al considerar que "no existe un solo indicio de que se dictara orden o instrucción alguna emanada de los cargos directivos de la Conselleria dirigida a ocultar los hechos ni a desacreditar a la menor", según el auto firmado el pasado 2 de abril.

La decisión supone un cambio de criterio respecto al inicio de la investigación, una fase en la que llegó a solicitar la imputación de la dirigente de Compromís por tres delitos: prevaricación, abandono de menores y omisión de perseguir delitos.

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Ahora, el fiscal adscrito al juzgado de Instrucción 15 no recurrirá el auto y su escrito ha sido remitido a la Fiscalía General del Estado, conforme el artículo 25 del estatuto orgánico del ministerio fiscal, según la información avanzada por el diario El País y confirmada por EL ESPAÑOL.

Este artículo establece que "los miembros del Ministerio Fiscal pondrán en conocimiento del fiscal General del Estado los hechos relativos a su misión que por su importancia o trascendencia deba conocer".

Según esta información, la Fiscalía General del Estado (FGE) se ha dado por informada y valida la decisión tomada por el fiscal que conoce el caso.

La imputación de Mónica Oltra llegó después de que se presentaran varias denuncias por la gestión en su conselleria del caso de los abusos de su exmarido, quien cumple condena firme de prisión de 5 años por estos hechos.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) abrió diligencias al estar Oltra aforada en ese momento y la fiscal superior, Teresa Gisbert, presentó un informe en el que la acusaba de un supuesto delito de abandono de menores.

"Todos los funcionarios investigados participaron en ello: supieron de los abusos, pero ninguno denunció (comportamientos que evidencian el incumplimiento de los deberes legales de asistencia a la menor en situación de desamparo y que les estaban impuestos consecuencia de los cargos que desempeñaban), incumpliendo así su obligación legal de cuidarla, protegerla, y proporcionarle asistencia", defendió entonces la Fiscalía.

En cambio, en estos dos años, las pruebas practicadas no han hallado indicios suficientes para llevar a los investigados a juicio, es decir, ni a Oltra ni a ninguno de sus colaboradores.

No obstante, la joven tutelada, representada por el líder ultraderechista de España 2000 José Luis Roberto, ha decidido recurrir el auto y es probable que la decisión final acabe en manos de la Audiencia de Valencia. 

En cualquier caso, no parece que pueda prosperar al apoyar la Fiscalía el criterio del juez instructor.

Archivo

El juez que archivó el caso es el mismo que se dirigió al TSJ de Valencia para plantear la imputación de Oltra por estos hechos.

En su último auto, justificó el cambio de criterio. "Este magistrado ha cuestionado múltiples aspectos del proceder de los investigados en los hechos objeto de la presente causa, que se tuvieron en su momento como indicios de criminalidad para traerlos a la misma como tales".

Sin embargo, tras practicar las diligencias de investigación, estimó que todos los indicios que fundamentaron en su día "las imputaciones judiciales provisionales (...) "se han desvanecido por completo". 

"No subsiste indicio racional alguno de criminalidad contra los imputados ni, en consecuencia, fundamento alguno para dictar una resolución de imputación judicial definitiva contra los mismos", precisa la resolución.

El magistrado admitió que determinadas conductas seguidas por algunos de estos investigados podrían haber sido "distintas a las que fueron". Pero destacó que no cabe de ello "derivar consecuencias jurídico penales" para los mismos.

De este modo, el instructor no apreció indicios de delito de prevaricación administrativa ni tampoco de abandono de menores ni de omisión del deber de perseguir delitos que denunció la Fiscalía en un principio.