Un hombre de 44 años y nacionalidad rusa ha sido condenado a cuatro años de prisión por violar a una compatriota residente en Alicante después de concertar con ella una cita en la embarcación en la que trabajaba, que permanecía amarrada en las instalaciones del Club de Regatas del Puerto de Alicante.
El suceso tuvo lugar el 17 de agosto de 2020, cuando el acusado llegó a Alicante a bordo del velero en el que prestaba sus servicios.
La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Décima de la Audiencia de Alicante, considera probado que el procesado concertó una cita con la víctima de la agresión sexual a la que había conocido a través de la red social 'Badoo'.
Tras el intercambio de varios mensajes, ambos quedaron en la embarcación en la tarde del día 17 y allí permanecieron conversando durante varias horas mientras consumían gran cantidad de bebidas alcohólicas. Finalmente, la mujer manifestó su intención de retirarse, aunque antes pidió permiso al acusado para entrar en el baño.
Según la sentencia, el procesado le indicó que podía entrar al baño del camarote principal y le siguió los pasos. Así, según el tribunal, cuando la mujer trató de salir del servicio, el acusado la cogió del cuello y la amenazó con matarla y tirarla al mar si no accedía a satisfacer sus propósitos sexuales.
"Presa del pánico por la acción y las expresiones del acusado, y obnubilada por el alcohol ingerido, (la mujer) accedió a la relación sexual" hasta que pudo levantarse, salir a la cubierta del barco y pedir auxilio asegurando a gritos que la iban a violar.
Así, dos personas que hallaban en una embarcación vecina alertaron al marinero de guardia de noche de lo sucedido, quien acudió hasta el velero en el que se habían producido los hechos y ayudó a la mujer a desembarcar. Ya en tierra, la protegió hasta que dieron aviso a la Policía, que detuvo al acusado.
Drogas y alcohol
En el juicio, el procesado admitió el contacto sexual con la mujer, aunque negó que se hubiese producido a la fuerza. Es más, sostuvo que la mujer pidió la relación sexual, por lo que su defensa pidió su libre absolución.
No obstante, el tribunal considera demostrado que sí hubo agresión sexual a partir del relato de la víctima, pese a las incoherencias y las contradicciones en las que pudo incurrir en su declaración por el hecho de que estuviese bebida o de que se encontrase bajo tratamiento médico para superar la ansiedad y el nerviosismo que sufría.
"Que la mujer, como el acusado, se hallara bajo el efecto del alcohol y benzodiacepina, pudiendo ser relevante en relación con la falta de consentimiento, no excluye la percepción por la víctima de lo que estaba ocurriendo, como demuestra el hecho de que huyera pidiendo socorro", apunta el tribunal.
El fallo también considera demostrado que la voluntad del acusado se encontraba afectada por el consumo de bebidas alcohólicas, por lo que le aplica la eximente incompleta de embriaguez.
Por todo ello, impone la pena de cuatro años de privación de libertad, además de otros cinco años de libertad vigilada y el pago de una indemnización de 10.000 euros a la víctima.
El tribunal accede, además, a que la pena pueda ser sustituida por la expulsión del procesado del territorio nacional una vez cumplidos dos tercios de la condena y establece que no podrá regresar a España durante un periodo de ocho años. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en el plazo de diez días.