Los médicos valencianos, en pie de guerra tras imponer un juez una pseudoterapia para tratar la Covid
Un juzgado de Castellón da el visto bueno a la aplicación de ozono en un paciente crítico, una técnica cuya efectividad no ha sido demostrada.
14 agosto, 2021 17:05Noticias relacionadas
La decisión del juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Castellón de la Plana de aplicar ozonoterapia sobre un paciente crítico con Covid ha levantado una ola de indignación en el personal médico de la Comunidad Valenciana. En primer lugar, la de la propia junta clínica del Hospital de La Plana, quien ha emitido un comunicado en el que expresa, por unanimidad, su "apoyo a los profesionales de la UCI y el rechazo a la imposición del juzgado de permitir terapias sin evidencia científica por personas ajenas al hospital".
La Junta Clínica de l'Hospital de La Plana expressa, per unanimitat, el seu suport als professionals de la UCI i el seu rebuig a la imposició del Jutjat Contenciós de Castelló de permetre teràpies sense evidència científica, per persones alienes a l'hospital. #Nosinevidencia pic.twitter.com/AFcbQmPLmu
— GVA la Plana (@GVAlaplana) August 13, 2021
La junta se refiere a que la aplicación de la ozonoterapia la hará personal que no pertenece al centro por orden judicial, un hecho considerado "muy grave" por la comunidad médica.
Los familiares de este paciente grave, no vacunado, solicitaron en los tribunales la aplicación de esta terapia, algo que, aseguran, ya sucede en otros puntos de España. Para ello se acogieron a un "uso compasivo" de la terapia, un factor incluido dentro del Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que "se posibilita la prescripción y aplicación de medicamentos no autorizados a pacientes no incluidos en un ensayo clínico, con el fin de atender necesidades especiales de tratamientos de situaciones clínicas de pacientes concretos".
La resolución fue notificada a la Conselleria de Sanidad, quien ya ha dicho que no la recurrirá. Pero el personal médico se ha rebelado contra lo que consideran una decisión que no está basada en la evidencia científica, al menos para su aplicación en un centro bajo tutela la Comunidad Valenciana y atendido por personal público.
El apoyo a los médicos del Hospital de Castellón por parte del colectivo médico ha sido notable. La Sociedad Española de Medicina de Urgencias, por ejemplo, ha emitido un comunicado en el que manifiesta todo su "apoyo" al personal de urgencias y dice que durante estos meses se han probado muchas técnicas terapéuticas contra la Covid, "pero siempre probadas y aprobadas para su uso en pacientes".
Desde @SEMES_CV queremos mostrar nuestro apoyo a @SOVAMICyUC.
— SEMES_CV (@SEMES_CV) August 14, 2021
Por una atención segura a nuestros pacientes, basada en la evidencia científicahttps://t.co/gRdVcqFeeh pic.twitter.com/FQf3ZTB58x
Otras entidades como la Sociedad Valenciana de Cardiología o la de Medicina Intensiva han emitido opiniones similares.
En el mismo sentido se ha pronunciado la Asociación para Proteger al Enfermo de Terapias Pseudocientíficas, al recordar que, "como ya ha indicado la Sociedad Valenciana de Medicina Intensiva, el uso de ozono en estos momentos no se contempla como una alternativa segura y eficaz en los pacientes críticos afectados de Covid 19". "Los estudios publicados con la utilización de este biocida son estudios de bajo impacto científico y en ningún caso con enfermos en estado crítico", agregan.
Ante la reciente noticia de que el juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Castellón de la Plana obliga al Hospital de la Plana a permitir la aplicación de ozono por vía rectal, nasogástrica y endovenosa a un paciente grave de covid-19,https://t.co/PtjgP7xbA9
— apetp (@apetp_) August 13, 2021
Para esta entidad científica, "es un precedente peligroso que se obligue a un hospital a aceptar que personal ajeno al Sistema Nacional de Salud actúe dentro de una Unidad de Cuidados Intensivos, sobre todo para aplicar procedimientos no autorizados por la Agencia Española del Medicamento, catalogados como pseudoterapias por parte de la Organización Médica Colegial [2] y en contra del criterio clínico del personal del servicio responsable de la atención al paciente".