La magistrada del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer número 1 de Dénia ha impuesto diez años de prisión al sexagenario belga que en 2019 apuñaló por sorpresa a su pareja en el corazón en el domicilio que ambos compartían, al cosniderarlo culpable de un delito de asesinato. También le obliga a indemnizar con 75.000 euros a la hija de la víctima.
Un jurado popular declaró culpable al acusado el pasado 23 de septiembre, al considerar probado que el día 22 de julio de 2019, entre las 00:30 horas y las 01:00 horas, el procesado le clavó un cuchillo en la zona anterior del tórax con ánimo de acabar con su vida. El ataque le causó una herida perforante en el corazón, "tanto en el ventrículo derecho como del izquierdo, así como del pericardio, lo cual produjo un hemitorax masivo provocando la muerte por hemorragia masiva".
Así, se consideró probado que el acusado, "al realizar los hechos descritos aprovechó la circunstancia de que su pareja no podía defenderse en el lugar donde ocurrieron los hechos, en el domicilio familiar y estando solos, siéndole ello ventajoso para cumplir su propósito de acabar con su vida".
Lo fundamentan porque "estaban solos en casa ni la víctima ni el acusado presentaban heridas de aotodefensa, que lo hizo con un cuchillo, que fue exhibido el jurado ya que en el mismo según informe pericial ofrecido en el juicio, se encontraba rastro de su ADN".
Las lesiones provocadas por las cuchilladas, según el informe médico forense, "le fueron hechas de una sola puñalada ejecutada con fuerza y de forma certera, que le proporcionó la muerte de forma instantánea". Al parecer el acusado también se autolesionó para fingir un ataque.
Agravantes y atenuantes
En la relación de hechos probados se tiene en cuenta que el acusado el día de los hechos había ingerido gran cantidad de bebidas alcoholicas, "de modo que tenia disminuida su capacidad intelectiva y volitiva de modo intenso".
De hecho, la magistrada tiene en cuenta a la hora de imponer la pena tanto el agravante del parentesco (eran pareja y según el propio acusado se iban a casar) como el atenuante del consumo de bebidas alcoholicas. Fiscalía y acusación solicitaban para el anciano una pena de 20 años de prisión.
En el fallo se tiene en cuenta también que, aunque la relación de la víctima con su hija "había sido escasa" desde que esta última tenía 14 años, habían empezado a retomarla "poco antes del crimen", por lo que se se impone al acusado en concepto de reparación 75.000 euros.