Alicante

El Juzgado de Instrucción número 2 de Villajoyosa ha rechazado el recurso planteado por el alcalde de La Nucía, Bernabé Cano, para archivar el caso en el que se le investiga por su presunta vacunación irregular el pasado mes de enero. Cano recibió la primera dosis contra la Covid-19 al mismo tiempo que una residencia de su municipio, y argumentó tanto el consentimiento de Sanidad como su condición de médico para justificarlo. 

El tribunal, sin embargo, considera que los hechos por los que se investiga al primer edil de La Nucía podrían ser constitutivo de un delito de cohecho y otro de prevaricación administrativa; por lo tanto, rechaza el recurso de Cano y da diez días para la apertura de juicio oral, al que el alcalde acudirá en condición de investigado. 

En su escrito, Cano aseguraba que el suministro de su dosis el pasado 6 de enero se produjo con la autorización del responsable de Salud Pública de la residencia. El regidor acudió, según su versión, a petición de los familiares y de los pacientes que iban a recibir ese día la vacuna, "dada la estrecha relación entre el Ayuntamiento con la residencia en cuestión". 

También argumenta que se vacunó "con dosis sobrante", y recuerda que es médico que, aunque se encuentra en excedencia, presta servicio a un club de fútbol de La Nucía. Finalmente, esgrime que "son numerosos en toda la geografía del estado los casos de responsables políticos que accedieron a residencias y asilos de personas mayores el día en que se inició el proceso de vacunación". 

De hecho, por estos mismos hechos se está investigando a los alcaldes socialistas de El Verger y Els Poblets, un matrimonio que también recibió las dosis antes de tiempo en una visita a una residencia. 

En el caso de Cano, la investigación le ha valido que pierda las competencias que ostentaba de Deportes en la Diputación de Alicante y, por lo tanto, su sueldo. En el PP, partido en el que milita, han abierto un expediente informativo y están a la espera de la resolución judicial. 

El TSJ responde

Ninguno de los argumentos esgrimidos por Cano han pasado el filtro del juez instructor. En su escrito, considera que, en este momento de la investigación, existen suficientes indicios de delito como para continuar con ella. Explica, por ejemplo, que el alcalde de La Nucía se personó en la residencia sin convocatoria oficial, y tacha de "controvertido" su acceso "en base a las declaraciones de las personas presentes". 

También existen contradicciones entre las versiones de la responsable de Salud Pública y el munícipe, aunque aquí el juzgado asegura que para el tipo penal del cohecho es "irrelevante" que Cano contase o no con autorización: basta con aceptar la dádiva, que, según las mismas fuentes, sí puede ser atribuible al concepto de vacuna. 

Finalmente, el juez apunta a que existen indicios de que el alcalde recibiese la dosis atendiendo "a su cargo", no a su profesión de facultativo, tal como argumenta la defensa. Y cita como ejemplo que el mero acceso de manera improvisada al centro solo pudo hacerse teniendo en cuenta esa condición de autoridad.

Por todo ello, rechaza el recurso y aboca el caso a la apertura de juicio oral, donde se emitirá definitivamente sentencia. 

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