El Tribunal Supremo anula las restricciones de movilidad decretadas por Ximo Puig en 2021
La sentencia rechaza la aplicación de las medidas, pese a que las considera justificadas, porque Generalitat no contaba con la autorización adecuada.
1 febrero, 2022 23:36Noticias relacionadas
El Tribunal Supremo ha anulado el decreto del presidente de la Generalitat Ximo Puig que recoge restricciones de movilidad y de reunión de personas. Según consideran los jueces, el jefe del Consell no contaba con las competencias para realizarlo después de que se declarara inconstitucional la aplicación del estado de alarma en España.
En una sentencia de fecha 25 de enero de 2022, la Sala de lo Contencioso Administrativo estima el recurso presentado por Curro Nicolau Castellanos contra el decreto 2/2021, de 24 de enero. Este limitaba la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, prorrogaba la medida de restricción de la entrada y salida de la Comunidad Valenciana. Además, limitaba, durante los fines de semana y festivos, la entrada y salida de municipios de más de 50.000 habitantes.
El fallo afirma que el contenido del decreto es "adecuado, necesario y proporcionado para hacer frente a la extraordinaria crisis de salud pública que todavía hoy seguimos padeciendo", es decir, que considera justificadas las medidas adoptadas. Pero alega que falta el presupuesto en que descansó la facultad del presidente de la Generalitat para dictar el decreto, después de que se declarara inconstitucional el artículo 2.2 del Real Decreto 926/2020 en virtud del cual se dictó el decreto valenciano.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, señala que la única solución ajustada a Derecho es considerar al presidente carente de competencia para dictar el decreto y, por tanto, estima el recurso y anula el decreto, sin imposición de costas.
Fallos en contra
El demandante Curro Nicolau Castellanos también presentó un recurso de casación contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano. En aquel caso se centraba sobre protección de los derechos fundamentales en relación con varias resoluciones de 2020 de la Conselleria de Sanidad de restricción de reuniones familiares y sociales, que ha sido desestimado por el Supremo.
Este fallo rompe la racha de apoyos para las restricciones que sí había conseguido hasta ahora el presidente Puig. La última de ellas es el mantenimiento del llamado pasaporte Covid como obligatorio para acceder a determinados espacios cerrados en la Comunidad Valenciana. Después de que se impusiera a principios de diciembre y tras dos prórrogas, el nuevo fin se establece para el 28 de febrero pese a las críticas de determinados sectores, como hoteles y gimnasios.
La peor parte en el frente judicial en contra de la Generalitat está llegando por las demandas de los médicos. En Alicante son tres los juzgados que han aceptado los razonamientos de estos profesionales que alegaban que trabajaron desprotegidos durante la primera ola de la pandemia, en 2020.