El BOE del día 27 de octubre de 2021 publicó el Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor. Esta norma, que entrará en vigor el próximo 27 de abril, modifica sustancialmente la información que tienen que registrar las empresas turísticas cuando formalizan un contrato con un cliente.
En concreto, se pasa de la escueta ficha actual (nombre, apellidos y DNI) a tener que registrar a todos los turistas (incluidos los menores de 14 años con datos proporcionados por sus acompañantes) con un número de campos altísimo. Así, se pedirá nombre, apellidos, sexo, tipo de documento de identidad y número, nacionalidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia habitual, dirección completa, teléfono fijo y móvil, correo electrónico, numero de viajeros y relación de parentesco entre ellos (en el caso de que alguno sea menor de edad).
También habrá que detallar los detalles de la transacción: datos del contrato, número de referencia y firmas; información de la ejecución del contrato como fechas de entrada y salida, datos del inmueble y su dirección, número de habitaciones y si tiene conexión a internet; también el tipo de pago (efectivo, tarjeta de crédito, plataforma de pago, transferencia...), identificación del medio de pago (tipo de tarjeta y número, IBAN cuenta bancaria, solución de pago por móvil...), titular y fecha de caducidad de la tarjeta, si procede.
Todo esto en cada entrada que se haga, imputando a los establecimientos la responsabilidad de la exactitud de los datos que se hagan constar. La información se tiene que comunicar cuando se realiza la reserva o se formaliza el contrato, además de al inicio de los servicios contratados. Las sanciones por incumplimiento de la obligación de registro y comunicación conllevan multas de hasta 30.000 euros, según viene en el texto del decreto.
"Es inviable"
Esta situación ha provocado indignación en el sector hotelero. En particular, patronales como Hosbec, la más importante de la Comunidad Valenciana, la considera "inviable". "En líneas generales, esta nueva norma venía a incrementar de forma importante la carga de trabajo para el personal de recepción de nuestras empresas y establece obligaciones de registro, responsabilidades y régimen sancionador que van mucho más allá de lo que es admisible", explica la asociación en una circular interna.
"Ya hemos transmitido a las autoridades que esta normativa es de imposible cumplimiento, instando a la modificación urgente de su contenido", agrega. "Se ha trasladado a las autoridades que el registro se debe limitar a los datos que puedan provenir del documento de identificación (DNI o pasaporte) sin que se pueda recabar ninguna otra información adicional".
Aunque el nuevo sistema de registro supuestamente entra en vigor el próximo 27 de abril de 2022, la obligación de comunicación al centro de datos de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil no es operativa hasta el día 1 de enero de 2023.
En este sentido, Hosbec ha solicitado una reunión con la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, "así como con las principales autoridades de la Policía Nacional y la Guardia Civil para informarles de la imposibilidad manifiesta de cumplir con este Real Decreto que excede la labor de colaboración en la información que deben prestar los establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos".
Solo en 2019, el último año prepandemia, se alojaron en los establecimientos hoteleros de la Comunidad Valenciana más de 9,3 millones de personas.
"Esta cifra nos da una idea del volumen de trabajo y carga administrativa (y económica) que este Real Decreto puede tener en el sector si no es modificado atendiendo exclusivamente a los datos de los documentos de identidad", concluye la patronal.