La Guardia Civil investiga a dos conductores por circular en sentido contrario por autovías de la Comunidad Valenciana (conocidos como kamikazes), el primero de ellos por recorrer contrasentido cerca de 35 kilómetros por la A-7 y el segundo por hacerlo durante 11 kilómetros en la A-35 y estar implicado en dos accidentes. Entre el primer y el segundo caso apenas hubo unas horas de diferencia.
El primer kamikaze fue interceptado el pasado jueves 16 de junio cuando se recibieron varios avisos de la circulación de un vehículo en sentido contrario a la altura de Canals en el kilómetro 401 de la A-7 dirección Barcelona, pero que lo hacía por los carriles sentido Alicante, según han informado fuentes del Instituto Armado.
Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil establecieron un dispositivo para localizar al vehículo, que fue interceptado sobre el kilómetro 368 de la A-7 a la altura de Alginet, "con lo que se pudo evitar que acabara en un fatal desenlace", según las mismas fuentes.
El conductor, un varón de 83 años, ha sido investigado por un delito contra la seguridad vial por conducción temeraria.
Dos accidentes
El segundo suceso tuvo lugar durante la madrugada del día 17 de junio, pocas horas después del caso anterior, cuando los agentes recibieron el aviso de la existencia de un vehículo circulando contrasentido a la altura de Moixent en la A-35, que iba dirección Valencia por los carriles en sentido Albacete.
Este vehículo se vio implicado escasos minutos en dos accidentes, una colisión por raspado con otro vehículo en el kilómetro 17 y una colisión contra un tractocamión y semirremolque en el kilómetro 25, donde fue interceptado por agentes de la Guardia Civil de Xátiva. No consta que hubiese heridos de consideración por estos dos siniestros.
A la llegada del Equipo de Atestados pudo comprobarse que el conductor, un varón de 59 años, triplicaba la tasa de alcohol permitida en aire espirado, siendo investigado por dos delitos contra la seguridad vial al conducir de forma temeraria y bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
La pena por conducir bajo los efectos del alcohol es una multa de 6 meses y retirada del permiso de conducir por 1 año. Asimismo, el acusado puede mostrar su conformidad con los hechos antes de celebrar juicio, por lo que se le rebajaría por ley la condena en un tercio a la solicitada, es decir, se le impondría la pena de 4 meses de multa y 8 meses de privación del permiso de conducir.