Un hombre de 37 años ha sido condenado a doce años de prisión por violar a su sobrina, de 17 años, cuando ésta se hallaba a su cuidado en la ciudad de Alicante por un viaje de sus padres.
La agresión sexual tuvo lugar el 20 de agosto de 2021 cuando, según la sentencia dictada por un tribunal de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante, facilitada a EFE, el acusado, que se encontraba viviendo en el domicilio de su hermano desde hacía dos meses tras un cumplir una pena de siete años de prisión por un delito previo, se introdujo en la habitación en la que dormía su sobrina, se acostó junto a ella y comenzó a tocarle el pecho por encima de la ropa.
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La menor se despertó y lo empujó para tratar de marcharse de la habitación, pero su tío la agarró de una pierna, le quitó la ropa para que no gritara tras amenazarla con matarla si decía algo para, a continuación, consumar la violación.
La menor relató lo sucedido a su cuñada quien, a su vez, comunicó el suceso a la madre de la menor, lo que propició que ordenase que la víctima y su hermano, de 13 años, se trasladasen a casa de otro tío hasta que ella y su marido regresasen a Alicante. En ese momento, se interpuso la denuncia.
Durante el desarrollo del juicio, la Fiscalía solicitó la pena de 13 años de prisión para el acusado como responsable de un delito de agresión sexual, además del pago de una indemnización de 15.000 euros a la víctima por el perjuicio emocional ocasionado y la defensa, por su parte, solicitó la libre absolución del procesado al negar que se produjese la agresión sexual denunciada.
De hecho, el acusado admitió que sí se produjo el contacto sexual, aunque aseguró que fue consentido y producto de una relación sentimental que había surgido entre ambos. Además, atribuyó la presentación de la denuncia al resentimiento que la menor podía sentir ante el hecho de que él no dejase que ella y su hermano menor saliesen de noche durante la ausencia de sus padres.
Credibilidad de la víctima
El tribunal rechaza la versión del acusado y confiere credibilidad al relato ofrecido por la víctima, pese a no existir vestigios físicos que permitiesen corroborar la violencia del acto sexual, al considerar que el testimonio de la menor se ha mantenido persistente desde el inicio del procedimiento, sin incurrir en contradicciones relevantes.
La sentencia resuelve imponer al acusado la pena de 12 años de privación de libertad, además de otros 13 años de alejamiento respecto a la menor y otros cinco años de libertad vigilada y también establece que deberá indemnizar a la víctima con la entrega de 5.000 euros por el daño moral sufrido.
La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.