La Audiencia de Alicante ha condenado a un hombre de 48 años, multirreincidente y con siete arrestos previos, a dos años de prisión por un delito de robo con fuerza después de que asaltara un bar de Elda para apropiarse del dinero del interior de la caja, así como de varios objetos electrónicos como una agenda electrónica y una tableta.
La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Décima, aplica la agravante de multirreincidencia y considera probado que el acusado rompió la persiana metálica del local el 21 de diciembre de 2020, así como que, una vez en su interior, también rompió el cierre de la caja registradora para apoderarse de 75 euros, así como de una hucha y un vaso que contenían monedas.
El propietario del bar acudió al recibir el aviso de que se había forzado el acceso al establecimiento y llamó a la policía.
Así, dos agentes de Policía Nacional acudieron al local y realizaron una batida por las inmediaciones que les permitió localizar al acusado mientras dejaba entre dos coches varios de los objetos sustraídos, que fueron reconocidos por el dueño del establecimiento.
De este modo, arrestaron al acusado tras intervenirle una navaja multiusos, dos destornilladores, un juego de llaves Allen y otros instrumentos "adecuados para forzar los accesos al inmueble".
La defensa del procesado cuestionó la autoría de los hechos en el acto del juicio; sin embargo, el tribunal incide en que se pudo visionar las imágenes captadas por las cámaras de seguridad en las que se aprecia 2con toda claridad la imagen de la cara" del procesado.
El texto subraya que, al margen de su hallazgo en las inmediaciones del lugar con parte de los objetos sustraídos y con herramientas utilizadas para forzar el acceso al local, esas grabaciones resultarían determinantes para certificar su autoría y, de hecho, señala que "pocas veces el cúmulo de pruebas que se refuerzan entre sí es tan potente para arrojar certeza".
Por ello, acuerda la imposición de la pena de dos años de privación de libertad como responsable de un delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público fuera de las horas de apertura.
La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días.