Alicante

La Audiencia de Alicante ha condenado a dos años de prisión a un mediador de seguros, responsable de una empresa que operaba en la zona de Elda, Petrer y Sax, después de apropiarse de parte del importe de las primas pagadas por los asegurados, un total de 226.000 euros. El dinero debía haber sido entregado a la compañía La Alianza Española, con la que llevaba trabajando desde 1982.

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Segunda, considera probado que el acusado se apoderó injustificadamente de una suma total de 226.192,63 euros que debía haber entregado a la aseguradora, a partir de los ingresos obtenidos entre 2013 y 2016.

En concreto, la sentencia establece que, de acuerdo con el contrato de mediación de seguros establecido entre la aseguradora y la empresa de la que el procesado era administrador único, éste debía remitir el 16,75 % de las primas recaudadas a la aseguradora, de forma que la empresa del acusado asumía el pago de los siniestros.

A partir de 1999, las condiciones de ese contrato se modificaron, de modo que el acusado debía transferir a la aseguradora el 60 % del importe de la recaudación de las primas, mientras que la compañía asumía "mayores obligaciones" en cuanto se notificaban decesos.

Ese régimen se mantuvo hasta que, en 2016, la compañía aseguradora apremiase al acusado a revertir su conducta respecto a los clientes, a los que, según la sentencia, había inducido a contratar con otras aseguradoras de la competencia.

En ese momento, además, la aseguradora requirió al procesado el pago de cantidades procedentes de las pólizas que no habría transferido de forma correcta.

A la vista de los informes periciales, el tribunal concluye que el acusado "no acreditó transferencias de las primas por él recaudadas y que, conforme a lo pactado, retenía en calidad de depositario".

Y añade que, en lugar de transferir esas primas, "las incorpora a su patrimonio", lo que constituye un delito de apropiación indebida.

Así, la sentencia impone al procesado la pena de dos años de privación de libertad, además de ocho meses de multa con cuota diaria de 10 euros, frente a los cuatro años de internamiento que solicitaba la Fiscalía inicialmente y los seis que demandaba la acusación particular, ejercida por la aseguradora.

Por último, la sentencia conmina al acusado a indemnizar a la compañía aseguradora con los 226.192,63 euros adeudados.

La resolución es recurrible en apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.