El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 6 meses de prisión a un médico del Hospital Clínico de València que colocó un teléfono en la rejilla de un aseo con la intención de grabar a una médico residente mientras se duchaba, una acción a la que el condenado quitó hierro tildándola de "chiquillada".
Los hechos ocurrieron durante una guardia en el hospital Clínico Universitario de València cuando el cardiólogo preguntó a una médico residente si iba a ducharse en el baño de uso común. La joven le dijo que sí y él le pidió que antes le dejase entrar.
Una vez dentro, instaló un teléfono tras la rejilla que cerraba un hueco de ventilación con la finalidad de captar imágenes de quien lo usara después y tapó las partes más brillantes del móvil con tinta negra, con unos trozos de papel o cartón del mismo color.
Cuando salió del aseo, donde estuvo unos quince minutos, le dijo a la médico residente que ya podía entrar, pero como ésta recelaba de lo ocurrido, por la actitud del condenado y por comentarios anteriores, examinó el interior y descubrió que la rejilla estaba abierta y que detrás estaba el teléfono que había ocultado.
Tras el descubrimiento, delante de la jefa de guardia y del personal de seguridad, el condenado reconoció que el aparato era suyo y quiso quitar importancia a su acción diciendo que era una tontería y una chiquillada, si bien le pidió a la joven que no le denunciara.
La Sala desestima el recurso del condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que confirmó la dictada por la Audiencia de Valencia por un delito contra la intimidad en grado de tentativa.
En su recurso, el médico argumentaba que su intención no era grabar a nadie, sino comprobar que podían captarse imágenes de la repisa del lavabo y, de ese modo, descubrir a quien, días antes, había sustraído de dicho lugar un fonendo y un frasco de colonia, una justificación que "resulta imposible" de relacionar para el TS.
El Supremo explica que la introducción por el médico condenado de una hipótesis alternativa adquiere un mero valor dialéctico que, en modo alguno, debilita la altísima probabilidad de la que goza la inferencia alcanzada por la Audiencia de Valencia.
La Sala tiene claro que el condenado "urdió un plan con la finalidad de lesionar la intimidad" de la médico residente y añade que "la lógica y razonable concomitancia de los hecho-base conduce, sin dificultad alguna, a la conclusión alcanzada: que el hoy recurrente pretendía captar imágenes de la Sra…...mientras se duchaba".