El Gobierno discrepa de cuatro artículos del decreto ley aprobado por el Consell para hacer frente a los abusos inmobiliarios, por lo que se han iniciado negociaciones para buscar una solución en la comisión bilateral de cooperación Administración General del Estado-Generalitat.
El decreto ley, aprobado por el Consell el pasado mes de febrero, incluye medidas urgentes para evitar abusos en el ámbito inmobiliario por parte de fondos buitre y grandes propietarios y recoge la creación de un sistema de inspección para garantizar su eficacia y sanciones de hasta 950.000 euros.
En concreto, el Gobierno discrepa de los artículos 13 (sobre la cesión temporal obligatoria del usufructo de las viviendas declaradas deshabitadas propiedad de grandes tenedores de viviendas de la Comunitat Valenciana) y 14 (referido a la expropiación forzosa de las viviendas de protección pública).
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Tampoco comparte la redacción del artículo 32 (las infracciones) y 34 (los supuestos de acoso inmobiliario) del decreto ley impulsado por la vicepresidencia segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura bioclimática de la Generalitat, que dirige Héctor Illueca.
La comisión bilateral de cooperación dispone de seis meses para alcanzar un acuerdo sobre esos cuatro artículos del decreto ley autonómico y evitar así la presentación de un recurso al Tribunal Constitucional, según publican este miércoles el Diari Oficial de la Generalitat y el Boletín Oficial del Estado.
Las claves
Tal como informó EL ESPAÑOL, la Comunidad Valenciana fue la segunda autonomía de España después de Baleares que planteó por ley la expropiación temporal de viviendas vacías de propietarios con 10 o más viviendas a su nombre y se dediquen a la actividad inmobiliaria.
El objetivo del proyecto normativo era "delimitar los deberes de los grandes tenedores en materia de derecho a la vivienda, las obligaciones para hacer cumplir la función social de la vivienda y las consecuencias jurídicas del incumplimiento de esta función social".
El texto original recogía que se podrá plantear la "cesión obligatoria temporal" del usufructo de casas vacías durante 5 años en el caso de personas físicas y hasta 7 si son personas jurídicas.
Además, la región contemplaba imponer sanciones a aquellos grandes propietarios que no se inscriban en el registro autonómico de grandes tenedores y crear un cuerpo de inspectores. Los grandes propietarios tenían la obligación de comunicar a la Generalitat sus viviendas con una serie de criterios, bajo pena de multas de hasta 350.000 euros. según explicó Alejandro Aguilar, secretario autonómico de Vivienda y Función Social.