Alicante

El reciente caso de la agresión sexual de una manada de ocho adolescentes a una niña de 13 años con diversidad funcional y a otras dos menores en un instituto de Crevillent ha conmocionado a la provincia de Alicante y a gran parte de España. Este caso, en el que jóvenes de entre 15 y 17 años obligaron a las menores a realizarles felaciones hace que se abra un interrogante: ¿qué responsabilidades tienen los menores cuando delinquen?

Entre los delincuentes que aún no han cumplido la mayoría de edad hay que diferenciar entre dos franjas, ya que tienen diferente regulación. Por las infracciones de los menores de 14 responden civilmente los padres o tutores, mientras que de 14 a 18 años los adolescentes sí que tienen responsabilidad penal, es decir, responden por sus actos y pueden ser privados de su libertad.

Como ejemplifican fuentes del Colegio de abogados de Alicante, si un menor del segundo grupo mata o comete un asesinato, "tiene responsabilidad penal, aunque con un tratamiento distinto que los adultos". Sus penas son de menor duración y están "enfocadas a la reeducación y no tienen carácter sancionador", aunque todos ellos están sujetos "exactamente igual" a los mismos actos que constituyen delito en el Código Penal.

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Desde la institución explican que la condena se establece mediante "una combinación entre la gravedad del delito y la edad que tiene el menor en el momento que lo comete". Así, entre el segundo grupo de edad que va desde los 14 a la mayoría de edad también existen distinciones.

"Dependiendo de la edad pueden terminar de cumplir la pena en un centro penitenciario", aseguran desde la entidad. Y apuntan que "todo depende de los delitos tipificados en la ley como delitos graves, que son lo que contemplan penas de prisión igual o superior a 15 años, como puede ser un asesinato".

De esta forma, si el menor tuviera 14 o 15 años, la franja más baja de la horquilla, y cometiera un delito de este calibre, "podría estar en internado en un centro de menores cinco años, complementado por una libertad vigilada de hasta tres años más", indica la agrupación.

La pena máxima

Si tuviera más años, por ejemplo, de 16 a 18, podría estar ocho años de duración en régimen cerrado, complementado también con una libertad vigilada. Aunque lo máximo que puede estar recluido en esta segunda franja es de diez años internado, "la pena habitual es de ocho años", aclaran desde el Colegio de abogados.

Estas sanciones se pueden agravar debido a su finalidad reeducadora, por lo que podrían llegar a cumplir más años que la condena, algo que no ocurre en los mayores de edad. En el caso de los abusos en Crevillent, los agresores, al ser mayores de 14 años, podrían enfrentarse a una pena de internamiento.

La asociación de abogados indica que "lo más probable es que se adoptara una medida cautelar que retuviera o vigilase a los sospechosos por la gravedad del asunto, la alarma social que ha generado y el empleo de la intimidación". Medida que no se ha producido al quedar en libertad los ocho integrantes del grupo mientras continúa la investigación.

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En cambio, los menores de 14 años no están sometidos a juicio. En estos casos "se da traslado a los servicios sociales porque se entiende que ha cometido un delito y hay algo que no ha funcionado en su situación personal o en su situación educativa", sostienen las fuentes expertas consultadas. Se procede a hacer una evaluación en los ámbitos educativos y familiares, a ver si funciona o no funcionan y "continúan con sus padres o tutores en función de las circunstancias", concluyen.