La nueva ley valenciana de Costas: ¿quién debe regular los usos urbanísticos en el frente litoral?
Pese al recurso en el TC de la ley gallega, el ejecutivo de Mazón (PP) quiere fijar límites al Ministerio en apoyo de las 35 asociaciones de vecinos afectadas en la Comunidad.
16 noviembre, 2023 06:20Hasta ahora, se daba por supuesto que el Gobierno central podía regular de forma unilateral los usos urbanísticos en cualquier frente litoral de España con independencia de las legislaciones urbanisticas de las comunidades autónomas. De ahí todos los frentes abiertos en todo el país entre vecinos y el Ministerio de la socialista Teresa Ribera. No obstante, Galicia, Cataluña, Baleares, Andalucía y Canarias ya han tratado de poner de coto a ese control unilateral. Ahora, y tras los polémicos deslindes de Dénia, lo hace la Comunidad Valenciana.
Según los expertos consultados por este diario, los artículos 148 y 149 de la Constitución no establecen que las competencias del litoral las tengan ni las comunidades autónomas ni el Estado. Pero tradicionalmente se ha utilizado el artículo 132, que establece que "son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental".
Es gracias a este artículo 132 que los juristas señalan que el Gobierno tiene entre sus competencias fijar la línea que define el Dominio Público Marítimo-Terrestre. Que es lo que se ha hecho con los nuevos deslindes en todo el litoral.
"Lo cual no significa que el Estado tenga competencias para regular los usos urbanísticos de la parte terrestre aledaña a esa línea", explica Manuel López, de Somos Mediterránea (asociación que engloba a 32 asociaciones de vecinos y ayuntamientos en la Comunidad afectados por la Ley estatal de Costas. De hecho, la asociación deberá ser escuchada en la participación pública de la redacción de la ley.
Y es que las competencias de "ordenación del territorio, urbanismo y vivienda" corresponden exclusivamente según el artículo 148.1 a las comunidades autónomas. A esto se añade que en el artículo siguiente (el de las competencias del Estado), se establece claramente que "las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos".
El Estatuto de autonomía de la Comunidad Valenciana sí regula explícitamente en su artículo 49.9 como competencia propia "la ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda".
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De ahí que la consellera de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, Salomé Pradas, anunciase la semana pasada "el inicio de los trabajos para elaborar el anteproyecto de protección y ordenación de la costa valenciana, lo que ha denominado como "el primer paso para una legislación propia en materia de costas".
La semana pasada se anunció que el Tribunal Constitucional había aceptado el recurso del Gobierno a la ley gallega que también pretende regular esos usos a través de su estatuto de autonomía, suspendiendo parcialmente su aplicación. En mayo de 2021 el Gobierno ya recurrió la ley catalana y ésta se suspendió. pero más delante se levantaron algunas de sus suspensiones.
El Estado ha basado estos recursos en que las comunidades autónomas pretenden "incorporar de manera unilateral el mar a su territorio. Muy al contrario, la propia consellera valenciana aseguró el pasado viernes que la Comunidad Valenciana "busca simplificar las autorizaciones y la burocracia y que sea la Generalitat valenciana la que decida sobre las actividades permitidas o prohibidas".