Un excamarero de Alicante ha sido condenado a tres meses de prisión por robar tres botellas de champán, de la conocida marca Dom Perignon, así como el bote de propinas con 1.780 euros en su interior del restaurante El Portal de la ciudad alicantina, por unos hechos ocurridos en el verano de 2017, en plena festividad de Hogueras.
Según la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial alicantina, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencaina (TSJCV), este hombre había trabajado durante las fiestas de ese año, del 21 al 26 de junio, y el 16 de julio acudió al establecimiento con la excusa de recoger ropa y un cargador de móvil que había dejado olvidados.
Sin embargo, como recoge la sentencia, entre las 9.29 y 9.49 horas trató de abrir la caja registradora para apoderarse del dinero que allí había, llegando a introducir códigos y a manipular con una cuchara uno de los laterales del cajón, aunque no tuvo éxito. Lo que sí consiguió es sustraer tres botellas de Dom Perignon, cuyo precio de venta al público asciende a 540 euros, según estimó un perito en el juicio y el bote de propinas, con 1.780 euros que cogió de un armario situado bajo la barra, una cifra confirmada en el juicio en primera instancia por una compañera que actuó de testigo.
Condenado en primera instancia
El exempleado del local fue condenado en primera instancia por el juzgado de Lo Penal 3 de Alicante con los tres meses de prisión y con una indemnización de 2.320 euros a favor del restaurante, pero recurrió en apelación al considerar que no había pruebas suficientes y pidiendo la aplicación del principio de 'in dubio pro reo' que se conoce como que, en caso de duda, se debe actuar a favor del enjuiciado.
Sin embargo, la Audiencia de Alicante justifica la desestimación del recurso porque el hurto fue grabado por la cámara de seguridad del establecimiento hostelero, al concretar la sentencia que se puede percibir en las imágenes al condenado saliendo con una bolsa de basura "que parece contener algo en su interior cuyas dimensiones no se corresponden con un cargador y una camiseta".
Asimismo, el fallo también recuerda las declaraciones del propio acusado en las que reconoce que actuó "movido por la venganza", ya que había dejado un trabajo previo con contrato fijo en el restaurante Miami y que, al incorparse a este, le comunicaron que solo tendríá un contrato de manera temporal, algo muy frecuente en el sector hostelero.