El comisario jefe de la Policía Local de Alicante, José María Conesa, y dos de sus oficiales volverán a tener que declarar como "querellados" en la causa abierta contra ellos por los traslados forzosos de cuatro agentes del Grupo Operativo de Intervención Rápida (GOIR) que fueron denunciados en los juzgados y que el pasado mes de abril Instrucción número 9 desestimó.
La Audiencia Provincial de Alicante ha emitido un auto desestimando aquel archivo judicial e instando a la apertura de nuevas investigaciones con la declaración de Conesa y dos de sus oficiales. Desde el Ayuntamiento de Alicante aseguraron a este diario que a última hora de la mañana de ayer no tienen conocimiento del asunto.
En verano 2022, cuatro efectivos de este grupo operativo de la Policía Local de Alicante fueron excluidos de la unidad. Según se les acusó entonces, la medida era provocada por su supuesta falta de compromiso a la hora de que ser flexibles con los horarios y servicios asignados, afirman fuentes del Sindicato Independiente de Trabajadores de la Administración Pública (SITAP).
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Los afectados no estuvieron de acuerdo con la orden de la jefatura policial y recurrieron el caso en los juzgados considerando que se les estaba sancionando con un traslado forzoso a otro servicio sin motivo. En el trasfondo de la situación se hallaba la necesidad de asumir los cambios de horarios y jornadas sin, supuestamente, respetar los tiempos de descanso.
Ahora la Audiencia de Alicante considera que hay que seguir investigando el caso pese al archivo, ya que los agentes afectados recurrieron el mismo ante una instancia judicial superior. Y es que legalmente los trabajadores (y sus superiores que organizan los servicios) tienen que respetar unas horas de descanso entre turnos.
Hace menos de un mes, desde el mismo sindicato, su secretario Manuel Sánchez Moreno, denunció mediante un escrito por registro que el comisario jefe de la Policía Local, José María Conesa, hubiese aprovechado mediados del mes de agosto para firmar una orden en la que "se recuerda, que salvo autorización expresa de esta Jefatura, únicamente se podrá portar de uniforme los accesorios y EPI’s de dotación”.
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Y solicitó "que se determine qué son los accesorios de dotación a los que se refiere la misma y que catálogo de Equipos de Trabajo de dotación, dispone este cuerpo, puesto que reitero no existe ningún catálogo".