Alicante

Nadie entendería que la Policía Local de Alicante permitiese una acampada con tienda de campaña en la playa del Postiguet o en el parque de Canalejas. Pero diariamente hay quejas de vecinos y comerciantes por la presencia habitual de mendigos en el corazón de la ciudad, en el entorno de la Rambla de Méndez Núñez, o incluso "campamentos" en lugares más apartados como el Monte Tossal o Rabassa.

Ante esta situación, el Ayuntamiento de Alicante aprobó una ordenanza de Convivencia Cívica aprobada por el pleno municipal el 15 de febrero de 2022 y publicada en el BOP el 3 de marzo siguiente. La izquierda alicantina rechazó la medida y acuñó el término "ordenanza de la vergüenza" que fue comprado por algunos medios de comunicación afines.

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Y en agosto, dos personas (según la sentencia, anónimas) interpusieron un recurso contencioso-administrativo contra parte de su articulado que estimó un Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en sentencia del 26 de mayo de 2023, anulando cuatro artículos, dos de los cuales afectaban a la mendicidad y la prostitución. Según la nota emitida por TSJCV:

El artículo 22 bis, que prohíbe acampar en espacios públicos, incluyendo la instalación de tiendas de campaña, tenderetes, colchones, vehículos, autocaravanas o caravanas, salvo autorización para lugares específicos. Este apartado también prohíbe dormir en dichos espacios, tanto de día como de noche.

Una persona con sus enseres en la confluencia entre la Rambla y Alfonso El sabio de Alicante.

El artículo 26.1, que prohíbe las prácticas sexuales en la vía pública, así como el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirecta de servicios sexuales que afecten a la convivencia ciudadana. Según esta ordenanza, se considera falta muy grave "ensuciar la vía pública con envases, envoltorios u otros objetos o

enseres, siempre que se genere riesgo para la salud o la integridad física de

los ciudadanos". Lo que acarrea una multa de hasta 1.200 euros.

El Tribunal Supremo confirmó ayer a este diario que el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Alicante todavía no ha sido admitido a trámite pese a que se realizó el plazo preceptivo del mes siguiente a la sentencia dictada por el TSJCV. Por eso, no se puede aplicar por el momento la ordenanza aprobada por el pleno municipal.

Un problema diario

Ante esta situación, los agentes de la Policía Local de Alicante no pueden desalojar a los mendigos de los espacios públicos pese a que estén acampando con colchones y enseres a no ser que esgriman la ordenanza de Limpieza, según fuentes policiales, aprobada el 14 de febrero de 2017.

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Pero ¿cómo aplicar esta normativa? Los policías locales aseguran que si retiran un colchón, las mantas con que se cubren o un mueble al mendigo estarían "rozando la ilegalidad" ya que podría considerarse que es su propiedad privada. Habría que demostrar en ese caso los peligros para la higiene común de esos enseres. 

Dos personas sentadas en la calle frente a una conocida cadena de supermercados de Alicante.

Respecto a la prostitución sucede algo similar. Vigilar zonas como Vistahermosa donde se ofrecen y realizan servicios sexuales obliga, si se requiere de eficacia, a tener una unidad permanente en la zona que no estaría realizando servicios en otras partes de la ciudad.

Algo que con la presión vecinal de esta zona de Alicante se ha logrado durante bastante tiempo, pese a que los agentes consideran que se trata de un consumo de recursos humanos demasiado grandes. "Todo depende de la voluntad política", explican fuentes sindicales.

No obstante, voluntad política es lo que hubo cuando se aprobó la ordenanza bajo el anterior mandato de Luis Barcala que gracias a la izquierda alicantina ha sido puesta en cuestión en los tribunales y en Europa. A esto se une el hecho paralelo de ¿hasta qué punto los servicios sociales de la ciudad están en disposición a dar una salida a estas personas 'sintecho'?