La concurrida calle Castaños el pasado sábado.

La concurrida calle Castaños el pasado sábado. M.H.

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El Ayuntamiento de Alicante recurre la declaración de Castaños como Zona Acústicamente Saturada

Los servicios jurídicos municipales aseguran que no se han aportado pruebas de medición sonora en los domicilios de los demandantes.

28 mayo, 2024 16:37
Alicante

La guerra del ruido en la ciudad de Alicante seguirá en los tribunales. El Ayuntamiento ha anunciado este martes que ha presentado el recurso de apelación contra la reciente sentencia que obliga a declarar como Zona Acústicamente Saturada (ZAS) la calle Castaños.

El servicio jurídico municipal es el encargado de redactar este recurso ante el juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Alicante en el que consideran que no se han vulnerado los derechos fundamentales. La base para afirmarlo así es que entienden que no se ha aportado al procedimiento ninguna prueba concreta del nivel de ruido excesivo en el interior de las viviendas.

El texto presentado, según recoge el comunicado municipal, sostiene que, por definición, los derechos fundamentales son de naturaleza individual. Y, por eso, no ha quedado acreditada ninguna prueba de contaminación sonora en los domicilios de los demandantes.

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El siguiente punto que abordan ataca la base por la que recurren ahora. Así, destacan que se constata que desde agosto de 2022 los niveles de ruido en la zona han bajado considerablemente. Una afirmación que basan en la documentación obrante en el procedimiento donde los estudios y mediciones realizados reflejan la aplicación de medidas correctoras de este problema por parte del Ayuntamiento. 

El escrito municipal entiende que la sentencia no ha tenido en cuenta esta disminución del ruido ni los efectos de las medidas aplicadas. A ello añade que expresan su disconformidad con el informe pericial del juzgado. En su apelación consideran que este hace abstracción y no valora todas las alegaciones y pruebas periciales practicadas en el procedimiento.

Al rebatir la sentencia, el recurso plantea que se ha de evaluar el asunto conforme a las pruebas y alegaciones sometidas a consideración del juzgado. Y por eso recalca que no se pueden dar por buenos unos resultados anteriores de las mediciones realizadas para otro pleito.

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El comunicado del Ayuntamiento concluye con otra protesta ya que considera que los dos meses de plazo fijados por el fallo judicial para la aplicación de la ZAS son de imposible cumplimiento. Un punto que razonan por la dificultad de ejecutar en ese período de tiempo todos los trámites que conlleva esta medida. El Ayuntamiento puntualiza que, pese a plantear este recurso y los factores mencionados, está estudiando ya la aplicación de medidas para garantizar el derecho de los vecinos y seguir reduciendo los niveles de ruido en la calle Castaños y adyacentes.