La concurrida calle Castaños de Alicante, donde se va a aplicar la ZAS.

La concurrida calle Castaños de Alicante, donde se va a aplicar la ZAS. M.H.

Alicante ciudad

El Ayuntamiento de Alicante recurrió la sentencia de la ZAS de la calle Castaños pero está obligado a acatarla

El acuerdo de PP y Compromís en la Ordenanza de Ocupación de la Vía Pública solo se negociará con hosteleros y ocio en función del ruido.

19 septiembre, 2024 13:50
Alicante

No hay marcha atrás. La decisión adoptada por el equipo de Gobierno municipal de Luis Barcala de empezar a aplicar lo emanado de la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 que declaró la calle Castaños y sus alrededores como Zona Acústicamente Saturada (ZAS), pese a que la ha recurrido, es firme. De no hacerlo, los vecinos ante un nuevo fallo en contra podrían exigir responsabilidades judiciales al consistorio.

Desde el PP de Alicante consideran que tienen que gobernar y gestionar para todos, para los vecinos y para los hosteleros o el ocio. Y sobre todo, por el interés general del municipio ya que no se entendería que el ayuntamiento se rebelase contra la acción de la Justicia y los tribunales. 

De este modo, entendiendo el malestar de los empresarios afectados en esa zona, recuerdan que otras ciudades en las que se mira constantemente Alicante han declarado y regulado el ruido con ZAS. Valencia, Sevilla, Málaga o Madrid son algunos ejemplos. Estos empresarios pueden trasladar sus negocios a zonas no saturadas

Por esa razón, pese a que los empresarios han anunciado ruptura de relaciones y movilizaciones, el equipo de Gobierno municipal se mantendrá firme y aplicará la nueva Ordenanza de Ocupación de Vía Pública como lo exigen los tribunales. Al menos, hasta que haya una sentencia firme tras el recurso.

El pasado mes de mayo el Ayuntamiento alegó en su recurso que no se habían vulnerado los derechos fundamentales por entender que no se ha aportado al procedimiento ninguna prueba concreta del nivel de ruido excesivo en el interior de las viviendas.

También, que por definición, los derechos fundamentales son de naturaleza individual y no ha quedado acreditada ninguna prueba de contaminación sonora en los domicilios de los demandantes.

El juzgado dio dos meses de plazo para la aplicación de la ZAS. En el recurso el consistorio sostuvo que eran "de imposible cumplimiento, dada la dificultad de ejecutar en ese período de tiempo todos los trámites que conlleva esta medida".

Pero ya anunció entonces que, sin perjuicio de ello, "el consistorio estudiaba ya la aplicación de medidas para garantizar el derecho de los vecinos y seguir reduciendo los niveles de ruido en la calle Castaños y adyacentes", y eso mismo es lo que ha hecho con la nueva Ordenanza de Ocupación de Vía Pública.

La opinión generalizada en el Ayuntamiento es que el turismo de Alicante funciona. Cada vez hay más frecuencia de trenes desde Madrid, más cruceros, más hoteles y más apartamentos turísticos, muchos de ellos ilegales. Es necesario hacer frente a esta situación y regular las actividades. De no hacerlo, lo que es un éxito podría transformar la ciudad en un lugar inhabitable. Y no están por la labor.