Ayudas al alquiler en Alicante: cómo ahorrar hasta el 50% de la renta (requisitos, plazo y solicitud)
Plazo abierto hasta el 20 de noviembre, pero solo para inquilinos cuyo alquiler de la vivienda no supere los 680€ al mes o los 300€ por habitación.
23 octubre, 2023 06:23El precio del alquiler está por las nubes. El miedo a la okupación y la falta de viviendas disponibles han hecho que los precios se disparen en toda España, algo que también afecta a su compraventa.
En Alicante, el precio medio del alquiler por metro cuadrado se situó en septiembre en 10,5 euros, con una evolución superior del 18,6% con respecto al mismo mes del año anterior, según cifras de Idealista. Por lo que, alquilar una vivienda de 80 metros cuadrados cuesta de media en la capital de la provincia un total de 840 euros.
Por suerte, hay ayudas de las que puedes beneficiarte si las pides antes del 20 de noviembre de 2023 y cumples unos requisitos concretos, como por ejemplo que el alquiler de la vivienda no te cueste al mes más de 680 euros o 300 euros, en el caso de que pagues por habitación.
El pasado 18 de octubre, se publicó en el DOGV la resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas al alquiler del Plan Estatal de Vivienda, correspondiente al año 2023. Las bases de la convocatoria han sido publicadas en el DOGV del día 6 de octubre de 2023 (https://dogv.gva.es/datos/2023/10/06/pdf/2023_10164.pdf).
Requisitos
- Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda o habitación. Demostrar que se trata de tu residencia habitual (certificado de empadronamiento).
- Precio máximo vivienda arrendada: 680 €/mes. Precio máximo alquiler habitación: 300 €/mes (en el caso de Alicante/Alacant)
- Ingresos máximos anuales unidad familiar: general 3 veces el IPREM (24.318,84 € año). En función de circunstancias especiales, este máximo puede aumentar
- Atención especial para grupos de especial atención (estar afectados por desahucios, ejecución hipotecaria, familia monoparental con hijos a cargo, familias numerosas, víctimas de violencia de género, etc.). Para estos grupos, los ingresos anuales máximos disminuyen; a entre 1 y 2,5 veces el IPREM.
Solicitud de la ayuda
La solicitud de las ayudas se realizará preferentemente por medios telemáticos con certificado digital o sistema de clave permanente siguiendo las instrucciones de la página web "habitatge.gva.es" en la carpeta de Ayudas- Ayudas al alquiler de vivienda 2023.
La tramitación electrónica será más rápida y eficaz si se dispone de un certificado digital, puesto que se puede presentar la solicitud en el mismo instante, pudiendo evitarse así las colas, los turnos y otras dilaciones en la tramitación.
En caso de no disponer de certificado digital o firma electrónica, rellenando el anexo 'Ayudas al alquiler de vivienda. Autorización', puede autorizarse a otra persona para solicitar la ayuda con firma digital en tu nombre.
Podéis solicitar cita previa a los servicios territoriales de Vivienda y Arquitectura Bioclimática para que os asistan en la tramitación de la ayuda. Los ayuntamientos o las mancomunidades pueden también solicitar la ayuda con tu autorización.
Cuantía
Se subvencionan los recibos de alquiler y cesión de uso de viviendas y habitaciones por un periodo de dos años, que comprende entre el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
La cuantía de la ayuda se calculará en función de los ingresos y comprenderá entre el 40 y el 50% de la renta de alquiler o cesión de la vivienda o habitación.
Más información: habitatge.gva.es
Dudas: 012 o 96 386 60 00 o (ajudeslloguer@gva.es).