La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha confirmado una condena a prisión permanente revisable a un hombre por asesinar a golpes a un bebé de siete meses, que era hijo de su pareja sentimental, en el domicilio familiar en Elche.
El tribunal ha desestimado así el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del TS, que confirmó la pena de prisión permanente revisable que un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Alicante impuso al condenado por el asesinato del menor.
El acusado se ha defendido alegando que los hechos eran constitutivos de un delito de homicidio imprudente. Este recurso ha sido desestimado por el Tribunal al subrayar que "resulta difícil negar que quien, de forma particularmente violenta, golpea hasta en cuatro ocasiones distintas en la cabeza de un menor, que contaba a la fecha de los hechos siete meses de edad, no hubiera contemplado la alta probabilidad de provocarle la muerte, representación que no le inhibió de desarrollar su conducta".
Y añade que, en un plano de determinación más objetivo, y desde la aplicación de la conocida doctrina de la probabilidad, "resulta más que notoria la eventualidad de ese desenlace en términos que, con facilidad, pueden catalogarse como altamente probables".
Además, la madre del niño fue absuelta del crimen, pero fue condenada a un año de prisión junto a su pareja por un delito de malos tratos.
El crimen
El crimen ocurrió en 2021 tras una serie de agresiones previas que desencadenaron en el trágico desenlace. Según los hechos probados, el 15 de mayo de 2021, mientras se hallaban en un establecimiento público el hombre reprendió al menor "con una violencia desproporcionada" y le propinó "una fuerte bofetada en la cara".
El Tribunal atribuye a la madre la responsabilidad de "tolerar" la agresión, a pesar de estar presente durante la misma en vez de proteger a su hijo o recriminar la acción de su pareja.
Fue nueve días más tarde, el 24 de mayo, cuando la mujer se fue a trabajar y dejó al niño al cuidado del otro acusado en el domicilio familiar. El varón le golpeó entonces hasta en cuatro ocasiones veces "con gran violencia al niño en la cabeza y le provocó lesiones que le causaron la muerte".
Indemnización
Por otro lado, el tribunal también ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el padre del bebé en el que impugnaba la cuantía de la indemnización de 25.000 euros establecida en la sentencia en concepto de reparación por el daño moral causado como consecuencia de la muerte de su hijo.
Responde en su sentencia, ponencia del magistrado Leopoldo Puente, que la indemnización, aunque ciertamente es inferior a la establecida en el sistema de valoración de daños personales, no ha sido fijada de manera arbitraria, caprichosa o carente de cualquier justificación atendible.
"Descansa, al contrario, sobre consideraciones razonables y razonadamente expuestas, sin que se advierta motivo sustancial alguno para rectificarlas", subrayan los magistrados.