Alicante

En el complicado mercado de la vivienda en Alicante hay quien intenta aprovecharse de la falta de oferta en pisos de alquiler. La Audiencia de Alicante ha confirmado la pena de un año de prisión para un hombre y una mujer condenados por un delito de estafa al simular el alquiler de una vivienda de la ciudad de Alicante que en realidad no era de su propiedad.

En una sentencia dictada en octubre de 2020, el juzgado de lo Penal número 3 de Alicante consideró probado que los dos procesados habían percibido una suma inicial de 600 euros en concepto de fianza por el arrendamiento del inmueble. Según la sentencia, se trataba de un piso en el que ellos residían desde un momento indeterminado hasta marzo de 2017.

Primero, la pareja ahora condenada percibió 200 euros como entrada. Un pago que realizó la madre de la denunciante el mismo día en el que se realizó la visita al piso, el 30 de marzo de 2017. En ese momento, se firmó el falso contrato de alquiler.

Un día después de que se cerrase el acuerdo, el padre de la inquilina les hizo entrega de otros 400 euros. Sin embargo, el arrendamiento no llegó a hacerse efectivo ya que la pareja procesada no era propietaria de la vivienda y no tenían autorización de sus dueños para poder arrendarlo a terceros.

El alegato

La mujer interpuso recurso de apelación en el que alegó que ella no había tenido ninguna participación en el fraude, por lo que se habría producido una valoración errónea de la prueba.

El tribunal de la Sección Tercera rechaza ese argumento al considerar que el juzgado de lo Penal había tenido en cuenta las declaraciones de la denunciante y de su madre, en las que aseguraron que los dos miembros de la pareja estuvieron presentes en la cita en la que les mostraron el piso a alquilar.

Además, ambas aseguraron en el juicio que fueron los dos acusados los que acudieron al hospital en el que se encontraba la familia arrendataria para reclamar el pago de la cantidad todavía adeudada sobre el alquiler pactado.

Por último, el tribunal también subraya que el número de teléfono de contacto que aparecía en el anuncio de alquiler de la vivienda era el de la acusada recurrente y de ahí que concluya que la mujer sí había participado de manera activa en el fraude. Por ello, la Audiencia rechaza la apelación y confirma la pena impuesta en primera instancia en su integridad.

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