La emborrachó y drogó para luego violarla vaginal y analmente. Eso son los hechos que considera probados la Audiencia Provincial de Alicante tras el juicio a un hombre de 32 años acusado de abusar sexualmente de la hermana de una amiga en Benidorm. Por ello ha sido condenado a dos años de prisión.
La violación se produjo pasada la medianoche del ya viernes 23 de marzo de 2018. El procesado de nacionalidad ecuatoriana había pasado la noche "bebiendo alcohol y fumando cannabis durante varias horas", según recoge Efe de la sentencia a la que ha tenido acceso.
En el texto judicial se relata que a las 00:45 horas el acusado aprovechó que la mujer, que se iba a quedar a dormir en una habitación de esta vivienda, se encontraba en un estado de somnolencia. La razón era "por sufrir una grave afectación" por el consumo de alcohol y cannabis, "que dificultaba su movilidad".
Y ahí empezó por darle un masaje en la espalda. Luego, se postró detrás de ella y la penetró vaginalmente. La sentencia considera probado que la mujer no reaccionó hasta que sintió dolor, cuando el acusado intentara también "una penetración anal".
El tribunal también considera probado que el procesado "tenía afectadas sus capacidades volitivas de forma leve" por efecto del consumo de bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes, que concurriría como circunstancia atenuante a la hora de determinar la pena.
El acusado manifestó durante su declaración en el juicio que no hubo abuso sexual, ya que la penetración fue consentida. Así, aunque admitió que la mujer se encontraba afectada por el consumo de alcohol y drogas, afirmó que se encontraba despierta y moviéndose y que incluso "gemía", lo que le indujo a pensar "que ésta consentía en tener relaciones sexuales con él". Además, aseguró que no habría podido bajarle las mallas que portaba sin su colaboración porque "eran apretadas".
La víctima negó esa versión y que hubiera consentido para mantener la relación sexual. Además, declaró que no podía recordar si había accedido a que el acusado le diese un masaje en la espalda porque se encontraba afectada por el consumo de alcohol y drogas, hasta el punto de haber vomitado.
Solo aseguró que había estado bebiendo con él, al ser amigo de su hermana, junto con un tercer amigo, que se marchó de la vivienda antes de que se desencadenasen los hechos objeto de juicio. Por último, añadió que reaccionó al sentir dolor y pudo abandonar la vivienda, después de llamar a ese tercer amigo para que la recogiese; de hecho, este tercer amigo ratificó su versión durante su declaración como testigo.
Por ello, el tribunal confiere credibilidad al relato de la mujer al concluir que su versión ofrece persistencia y que no existía motivo de enemistad o animadversión que la llevase a tratar de perjudicarle.
Las penas
De este modo, la sentencia considera al acusado autor de un delito de abuso sexual por el que le impone una condena de dos años de prisión, tras aplicar la atenuante de embriaguez y de reparación del daño, en la medida en que el acusado había consignado una primera cantidad para cubrir posibles indemnizaciones.
En concreto, el tribunal detalla que el procesado deberá compensar a la víctima en la suma de 12.000 euros por los daños morales ocasionados.
Además, la sentencia añade la imposición de la prohibición de aproximarse a la mujer a menos de 300 metros y la medida de libertad vigilada por un tiempo de cinco años a contar desde la finalización de la pena de internamiento.