Polémica en Dénia: la Abogacía ya informó al 'Botánico' de que no puede legislar sobre competencia
"El control de las concentraciones económicas y de la aplicación de la normativa comunitaria, son materias que pertenecen al Estado", señaló.
22 septiembre, 2021 02:30Noticias relacionadas
La Conselleria de Sanidad, que dirige la socialista Ana Barceló, anunció el lunes que la Generalitat "emprenderá las acciones legales oportunas" ante la reciente operación de compraventa ejecutada entre los accionistas de Marina Salud (DKV y Ribera Salud) que recientemente ha aprobado la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.
Barceló esgrimió que esa operación entre ambas empresas por la que Ribera Salud compró a DKV su participación en Marina Salud haciéndose con el 100% de la concesión del departamento de salud de Dénia, "se ha formalizado sin que se comunicara con antelación y sin solicitar la preceptiva autorización previa a la Conselleria de Sanidad".
Para afirmar esto, Barceló aseguró que existe una resolución de la Abogacía de la Generalitat sobre la operación de compraventa en Marina Salud. En ella, el órgano consultivo señala que debería haberse solicitado una autorización administrativa previa a la compraventa de las acciones.
Lo curioso del asunto es que la Generalitat pretende que prevalezca una ley autonómica sobre la ley nacional y la europea. Y sobre la resolución de Competencia, que ha dado el visto bueno a la operación. De hecho, en la comarca alicantina se esperaba que la Generalitat hubiese movido ficha con la concesión sanitaria como se prometió antes de elecciones. Pero el departamento de Barceló no ha movido un dedo en más de dos años y ahora se encuentra con una "patata caliente".
Precedente
Como precedente hay que recordar que ese mismo órgano ya dictó una resolución en 2019, sobre la concentración empresarial. Ya entonces, la Abogacía de la Generalitat estableció que "ciertas materias quedan, de otro lado, excluidas del reparto competencial [con las comunidades autónomas]. Este es el caso, por ejemplo, del control de las concentraciones económicas (art. 8 LDC) y de la aplicación de la normativa comunitaria, materias que pertenecen en todo caso al Estado".
En aquel informe, la Abogacía se posicionó con los argumentos de Ribera Salud, que había realizado una reorganización empresarial en Torrevieja, la concesión que Sanidad no ha querido renovar más allá del próximo 15 octubre.
Es más, la Abogacía informó a Sanidad de que "mientras las comunidades autónomas pueden asumir competencias ejecutivas para tramitar e imponer sanciones con el fin de reprimir las conductas prohibidas (...), no puede decirse lo mismo en relación con el control de concentraciones y la aplicación del derecho comunitario de la competencia (controles ex ante)".
Y es que en el trasfondo de la situación no subyace que la Conselleria no haya sido informada por Ribera Salud, con quien ha mantenido diferentes pleitos que han llegado incluso a sentar jurisprodencia del Tribunal Supremo. Lo que cuenta aquí es si se produce una "concentración empresarial" que impide la libre competencia entre empresas.
Y en ese caso, el informe de Competencia para validar la operación establece que "en cuanto al ámbito geográfico de la cláusula de no competencia, éste debe limitarse a la zona en la que el vendedor ofrecía los productos o servicios de referencia antes del traspaso, toda vez que no es necesario proteger al comprador de la competencia del vendedor en territorios en los que éste no estaba presente".