El primogénito de María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de Caja Mediterráneo (CAM) Vicente Sala, asesinada a tiros en diciembre de 2016 en el concesionario de coches de su propiedad de Alicante, confía en que de la repetición del juicio con jurado salga "quien mató a su madre".
Así lo ha afirmado hoy a los periodistas el abogado Francisco Ruiz Marco en representación del hijo de la víctima, Vicente Jesús Sala Martínez, que ejerce la acusación particular y cuyo recurso de casación contra la sentencia absolutoria (ratificada después por el TSJCV) ha sido admitido por el Supremo, que ha ordenado anular la absolución del yerno de la fallecida, Miguel López, y repetir el juicio con un jurado distinto y con un nuevo magistrado presidente.
Ruiz Marco ha explicado que su defendido "está lógicamente satisfecho" con la repetición de la vista oral y con que "se pueda volver a hacer Justicia". La decisión del Supremo "es una puerta que se abre para que una sentencia diga quien mató a su madre", ha proseguido el letrado antes de añadir que la decisión del Supremo respalda el triunfo del Estado de Derecho.
Asimismo, ha aclarado que la repetición del juicio no se debe a que haya nuevas pruebas de cargo contra Miguel López sino que el alto tribunal ha confirmado que "durante la celebración del primer juicio se produjo el quebrantamiento de las normas procesales y constitucionales que rigen el proceso".
Esto fue así porque "se suprimió una fase de alegaciones y se destruyó el primer veredicto del jurado", que fue de culpabilidad tras las primeras deliberaciones aunque la magistrada provocó la devolución de este fallo por falta de argumentación jurídica y tras el cual hubo un segundo veredicto, esta vez exculpatorio.
Para Ruiz Marco, lo ocurrido en ese proceso fue "absolutamente excepcional" ante lo cual ahora su defendido espera que se vuelvan a juzgar los hechos para "el tribunal pueda pronunciar una sentencia respecto a quien fue el autor del asesinato".
La sentencia del Supremo que se conoció este martes argumenta que el Ministerio fiscal, la acusación particular y por supuesto la defensa del acusado tenían indudablemente derecho a conocer si la valoración probatoria inicialmente suscrita por los miembros del jurado era o no suficiente para justificar la autoría del delito por el que se formulaba acusación, si ese hubiera sido el desenlace de la deliberación. “Y ese conocimiento sólo podía obtenerse a partir de la lectura del acta original, no a raíz de las explicaciones de la Magistrada-Presidenta que estaban dirigidas, por cierto, a los miembros del Jurado”.
“Las partes tienen que conocer, a la vista de su contenido, los motivos que llevan al Magistrado-Presidente a la devolución del acta y qué duda cabe, ha de concedérseles la oportunidad de formular alegaciones a partir de la lectura de las razones que avalan la decisión del Jurado respecto de la que se exige su rectificación. De lo contrario-concluye el tribunal- se resiente el derecho a la defensa y se menoscaba el derecho a un proceso con todas las garantías”.