Sin pruebas, no hay delito. Esa es, a grandes rasgos, la conclusión de la Audiencia Provincial de Alicante ante el caso del presunto abuso sexual por parte del tío de su sobrina, por entonces menor de edad, cuya denuncia no llegó hasta cuatro años después.
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En concreto, un hombre de 39 años, nacido en Ecuador y residente en Cocentaina (Alicante), ha sido absuelto de abusar sexualmente de su sobrina, menor de edad, al no hallarse pruebas que corroborasen la versión de la chica, una vez transcurridos cuatro años entre la denuncia presentada y el momento en el que pudieron producirse los abusos.
En ese momento, la joven contaba con entre 12 y 13 años y, según su versión, entre la primavera y el verano de 2014 su tío aprovechaba los momentos en los que se quedaba solo con ella y con su hermano menor, cuando sus padres se encontraban trabajando, para practicarle tocamientos e incluso llegar a penetrarla.
Sin embargo, la sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante no encuentra probado la comisión de tales abusos, puesto que la acusación solo se sustenta en el testimonio de la menor y en el de una amiga suya, quien declaró que la supuesta víctima le había contado lo sucedido antes de informar a su madre.
El tribunal subraya que no existen afirmaciones “externas y periféricas” que permitan demostrar la existencia de esos abusos en la medida en que los hechos se denunciaron cuatro años después “impidiendo la obtención de pruebas, vestigios biológicos que pudieran servir de corroboración” como la presencia de ADN en la víctima o en sus ropas, “o la apreciación médica de un himen roto a la edad” en el año en el que la menor dice que sucedieron los hechos.
Además, recalca que “las dos pruebas periciales psicológicas sobre credibilidad de la menor víctima” son “contradictorias en sus conclusiones” lo que confluye en generar una duda que impide “el dictado de una sentencia condenatoria”.
De igual modo, el tribunal apunta que la menor puso en conocimiento de su madre los supuestos abusos atribuidos a su tío después de que le encontrase “pastillas postcoitales” que la menor asegura que le había proporcionado un amigo mayor de edad, con el que los padres creen que pudiera mantener “alguna relación sentimental”.
La Fiscalía solicitaba la absolución del acusado, mientras que la acusación particular, ejercida por los padres de la menor, pedía una condena de 12 años y el pago de una indemnización de 6.000 euros. La sentencia acuerda, no obstante, la absolución del acusado tras aplicar el principio de presunción de inocencia en una recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en diez días.