Este lunes, el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ofrecía los datos del último trimestre en los órganos judiciales de la Comunidad Valenciana.
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Estos destacaban por su aumento de denuncias de violencia machista, del 11,1% respecto del mismo trimestre del año anterior, y del 5,3% del total de las víctimas, contabilizándose 6.564.
Sin embargo, ha pasado desapercibido otro dato sobre esas 6.564 mujeres, que es que 712 de las mismas se acogieron a la dispensa de la obligación de declarar (esto es, no ratificar en sede judicial la denuncia previamente interpuesta), un 22,1% más que durante mismo trimestre del año anterior.
Este aumento, que ya viene de registrar un crecimiento del 12,2% en 2021 con respecto a 2020, es "preocupante" para expertas juristas y colectivos de mujeres, que llevan tiempo avisando de cómo esta situación acaba perjudicando a la víctima durante el proceso judicial.
"El buen síntoma de que vamos por el buen camino hubiera sido si no creciera, como no ha hecho, esta dispensa", reconoce a este medio Concepción Torres Díaz. Esta abogada y profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Alicante (UA) asume que si la denunciante no declara ante el juez o jueza los mismos hechos que ha declarado ante la Policía, por ejemplo, "suele ser por miedo".
"Normalmente, es porque depende económica, psicológica o emocionalmente de él, o porque tiene algún tipo de presión por parte de fuera", añade. Esta experta también explica que la cuestión de la dispensa "ha sido muy conflictiva" si nos referimos a su aplicación en el ámbito de la violencia de género.
"Porque esto significa que se le recuerda a la mujer que si no quiere, no tiene por qué declarar, volviéndose a reproducir los roles de género de: ‘estaré haciéndolo bien’, ‘es el padre de mis hijos…’, ‘es la pareja con la que tenía un proyecto de vida...’, agrega. En otros casos, lo que acaba ocurriendo es que la mujer acaba desdiciéndose de lo que había denunciado por ese mismo motivo, el miedo.
Entonces, ante la falta de un cambio normativo este el que viene a ser el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite a las víctimas no declarar en el acto del juicio, pese a ser denunciantes, hace que la versión de la mujer durante el procedimiento judicial, que sigue de oficio, tenga menos elementos probatorios y, por lo tanto, menos visos de prosperar.
"Existe luego una dificultad probatoria sobre todo cuando no hay parte de lesiones", afirma la también doctora en Derecho. "Esto pasa porque la prueba que se tiene para desvirtuar esa presunción de inocencia sería su denuncia o parte de lesiones o testigos, pero la carga probatoria es menor". "En la intención de la carga de la prueba, el testimonio de la víctima-testigo es crucial", recalca.
Caen las condenas
Los datos del CGPJ de este lunes también apuntaban a una caída de las sentencias condenatorias por violencia de género en los juzgados valencianos. El año 2021 cerraba con que el 91% de los denunciantes era condenado. Esa cifra ha caído, en este tercer trimestre, al 81%.
¿Esos 10 puntos de diferencia se explican por la dispensa de la obligación de declarar? Para Concepción Torres Díaz sí. "Existe una conexión porque, en muchas ocasiones, cuando ellas se niegan a ratificar su declaración o se acogen a la dispensa, lo que ocurre es que al ser la carga probatoria menor, solo cuentan como mucho con el testimonio de alguien, si existe o el testimonio de la policía de cuando fueron a su casa, pero no el testimonio clave de ella, por lo que la carga probatoria flaquea", resume.
"En muchas ocasiones, si estamos en fase de juicio oral acaba ocurriendo que no hay una sentencia condenatoria y en fase de instrucción un sobreseimiento libre o sobreseimiento provisional", añade.
El problema aquí viene con la "interpretación mediática" que se hace de fallos judiciales sin condenas. "Se interpreta muchas veces que son denuncias falsas, que significa que te has inventado los hechos, pero es muy diferente de una denuncia no probada, que es cuando no se han obtenido los elementos suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia, como es el caso", defiende esta letrada.
¿Existirían otros motivos que expliquen la caída de las sentencias condenatorias? A su juicio sí. "En otras ocasiones lo que pasa es que no se indaga suficiente en los hechos y se deniegan diligencias a practicar en fase de instrucción, avanza; esa falta de diligencias para ver realmente qué es lo que ha ocurrido… unido a una minimización de los hechos, aunque no de manera general, pero sí entre hay jueces que les cuesta ver la violencia psicológica o emocional de control que crea ese clima de violencia", explicaría por qué hay menos condenados si hay más denuncias por violencia de género.