Zaragoza

Cuando una persona fallece, los bienes y derechos que deja, como una casa, un coche o una cuenta bancaria, pasan a manos de sus herederos, lo que conocemos como una herencia. Sin embargo, en muchas ocasiones, recibir una herencia también implica el pago de un impuesto: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).

El impuesto de sucesiones varía según la comunidad autónoma en la que haya vivido el fallecido, y dependiendo del grado de parentesco entre el fallecido y el heredero, el coste puede ser más o menos elevado.

Las herencias se pueden aceptar o rechazar, aunque una herencia puede parecer una ganancia, no siempre es bueno aceptarla. En ocasiones, las deudas que deja el fallecido pueden ser mayores que los bienes que hereda el familiar. En estos casos, los herederos pueden optar por rechazar la herencia, para evitar tener que asumir las deudas.

Por otro lado, hay muchas personas que se ven obligadas a rechazar la herencia por no poder pagar el impuesto. Por lo tanto, siempre es recomendable hacer cuentas antes de tomar una decisión y, si es necesario, consultar con un asesor legal o fiscal.

En Aragón, algunos herederos cuentan con ventajas fiscales a la hora de heredar. Por ejemplo, los menores de 21 años, desde este 2024 están exentos de pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

El Impuesto de Sucesiones en Aragón

En Aragón, el Impuesto de Sucesiones tiene ciertas ventajas que ayudan a que los herederos cercanos, como los hijos o el cónyuge, no se vean demasiado perjudicados. Una de las medidas más destacadas es que los menores de 21 años no tienen que pagar este impuesto.

Esta es una gran noticia para los más jóvenes, quienes pueden heredar de sus padres o abuelos sin preocuparse por el coste de este impuesto, una situación que no es igual en todas las comunidades autónomas de España.

Esto significa que, si un joven menor de 21 años hereda bienes de sus padres o abuelos en Aragón, no tendrá que pagar nada en concepto de Impuesto de Sucesiones. "Nadie que pierde a sus padres con 21 años se merece la injusticia de tener que pagar el impuesto de Sucesiones" explicó el presidente del Gobierno de Aragón, Jorge Azcón, el año pasado cuando presentó la medida.

Esta novedosa medida se aplica a las herencias que provienen de familiares directos, y su objetivo es proteger económicamente a los herederos más jóvenes, quienes quizás no tendrían los recursos suficientes para pagar este tributo.

Otros herederos que también tienen beneficios fiscales

Aragón, al igual que otras comunidades autónomas como Madrid, Galicia o Canarias, también aplica reducciones y bonificaciones importantes para los herederos del grupo II, que son hijos mayores de 21 años, cónyuges y padres del fallecido. En estos casos, si bien no están exentos del pago del impuesto, la cantidad a pagar suele ser muy reducida, se trata de algo simbólico.

Además, existen otros grupos de herederos, como los hermanos o sobrinos (grupo III) y los primos o personas sin relación familiar directa (grupo IV), quienes no disfrutan de tantas ventajas fiscales. Cuanto más lejano sea el parentesco, mayor será la cantidad que tendrán que pagar.

Además de los menores de 21 años, hay otros casos especiales que pueden beneficiarse de ventajas fiscales. Por ejemplo, los herederos que tengan reconocida una minusvalía importante pueden recibir reducciones significativas en el pago del impuesto, dependiendo del grado de discapacidad.

Asimismo, si lo que se hereda es la vivienda habitual del fallecido, también puede haber una bonificación si los herederos cumplen con ciertas condiciones, como vivir en la casa por un periodo de tiempo mínimo.