El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza ha desestimado la demanda interpuesta por una nieta (Caroline Luengo Barnaud) y dos de los hijos (Ángel Antonio Luengo Sanz y Javier Luengo Sanz) de Don Ángel Luengo contra el testamento otorgado por él y su esposa (Doña Aurora Sanz) en 2010 y condena a los demandantes al pago de las costas. La sentencia puede ser recurrida a la Audiencia Provincial de Zaragoza.
La sentencia recoge que la mujer de Ángel Luengo, Aurora Sanz, estaba en plenas facultades cuando otorgó el testamento de 2010 que los demandantes impugnaban. Así, se ha constatado a través del testimonio de los médicos que la trataron a lo largo de los años.
Por ello, tal y como señala la sentencia y defienden de fuentes del grupo Samca, el testamento "estaba totalmente alineado con las decisiones tomadas con anterioridad y de común acuerdo por el matrimonio".
Según las mismas fuentes, el fallo recoge la plena legalidad del contrato sucesorio otorgado, su idoneidad para regular la sucesión de una empresa y la claridad de sus términos.
Además, reconoce que la relación entre el matrimonio Luengo-Sanz no era en absoluto de sumisión como la describieron los demandantes y detalla que la voluntad de Doña Aurora no estaba anulada en modo alguno.
La sentencia expone graves incoherencias de los demandantes, como la referida a que, pese a afirmar que su madre y abuela era incapaz, hayan aceptado durante los últimos años cuantiosas donaciones efectuadas por ella. La sentencia recuerda que la mayor parte de los legados dispuestos en el contrato sucesorio ya han sido recibidos por los hijos y nietos beneficiados, entre los que se encuentra uno de los demandantes.
De igual modo, el fallo cuestiona pruebas presentadas por los demandantes y la forma en que las obtuvieron, como las grabaciones realizadas a Doña Aurora sin su consentimiento y de forma sesgada. También salvaguarda la actuación de los directivos del Grupo Samca, igualmente absueltos en este fallo.