La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha desestimado el recurso presentado por un joven de 22 años de edad condenado a 12 años de prisión por un delito de agresión sexual a un menor de 11 años, por el que la defensa pedía rebajar la condena. Así, avala la condena de 10 años de prisión por un delito de agresión sexual con intimidación y acceso carnal, y dos años de cárcel por un delito contra la libertad sexual.
Los hechos que se señalan se produjeron entre los días 14 y 21 de junio de 2022, cuando el acusado Óscar G. B., en esos momentos de 20 años, contactó con la víctima por teléfono a través de las aplicaciones de Whatsapp y Tik Tok. Estos se conocían con anterioridad al ser vecinos de Ejea de los Caballeros.
Tras quedar con la víctima para tener un encuentro en un parque, el presunto agresor procedió con "ánimo libidinoso y aprovechándose de la especial inocencia del menor" a insinuar con trasladarse a un edificio abandonado. Una vez allí, le propuso mantener relaciones sexuales a lo que el menor no accedió inicialmente.
De esta manera, el condenado procedió a atemorizarlo advirtiéndole de que le comunicaría a sus padres que la víctima había comenzado las conversaciones y estaba detrás de la propuesta. Por ello, la víctima terminó accediendo "muy asustado" ante las amenazas procedidas por Óscar G. B.
Los hechos se prolongaron cuando el día 10 de agosto de 2022 volvió a contactar con la víctima a través de mensajes de Whatsapp y "trató de embaucarle, proponiéndole en retiradas ocasiones, y de forma insistente, encontrarse con él para mantener relaciones sexuales".
Como se muestra en la sentencia, el condenado llegó a ofrecerle cinco euros para que el encuentro se llevara a cabo en la tarde de ese mismo día. Sin embargo, el encuentro no llegó a sucederse después de que la madre de la víctima tomara constancia de los mensajes.
Por su parte, la defensa en el recurso alegaba una vulneración de la presunción de inocencia en el que se producía un error en la valoración de la prueba. Mientras que el Tribunal señala que la víctima ha explicado en numerosas ocasiones los hechos y la prueba recogida por la Guardia Civil en la que se recogieron restos biológicos tanto del agresor como de la víctima.
Por estos hechos, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha ratificado la condena impuesta por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza y desestima el recurso de apelación interpuesta por la defensa.
Por lo que se mantiene la condena al acusado como autor de un delito de agresión sexual a un menor de 16 años, con intimidación y acceso carnal a una pena de diez años. Y autor de responsable de un delito contra la libertad sexual con la pena impuesta de dos años de prisión.
Además, tiene prohibido la aproximación y comunicación con la víctima, como la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad. Asimismo, se le condena a una indemnización de 6.000 euros por daño moral, y al SALUD por la cuantía de 126,64 euros por la asistencia prestada al menor. También tendrá que hacerse cargo del pago de las costas procesales, incluidas las de la Acusación Particular.