Por Pedro Peral

El secretario general del PSOE y candidato a la presidencia del Gobierno de España, Pedro Sánchez, ha expuesto en diversos foros y en el avance de programa electoral su postura de expulsar definitivamente la asignatura de religión del horario lectivo de los colegios públicos, concertados y privados. El objetivo del actual líder socialista, es "promover una escuela pública laica donde no quepan las enseñanzas confesionales”. Es decir, ni siquiera los colegios privados católicos podrán dar religión en las aulas y en horario escolar. Sólo podrán hacerlo en forma de actividad extraescolar, igual que la danza española o las actividades deportivas.

Algunos entienden que el mismo hecho de que se imparta religión católica en los centros públicos contradice la neutralidad religiosa del Estado. Según este planteamiento, lo único “democrático” sería derogar el los acuerdos con la Santa Sede de 1979.

Sin embargo, la imparcialidad religiosa del Estado no queda comprometida por el hecho de que se impartan clases de una religión en los colegios públicos, siempre que estas sean opcionales y no enseñen valores contrarios a la convivencia pacífica.

Un Estado confesional es el que se adhiere a una religión específica, que no es nuestro caso. España es un Estado aconfesional. Según el  artículo 16,3 de la Constitución: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”. En el plano de la colaboración, continúa el mismo artículo, “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrá las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica  y las demás confesiones”. La mención expresa de la Iglesia Católica se debe a que es la confesión mayoritaria; tres cada cuatro españoles se reconocen católicos.

La postura del líder socialista se orienta a un laicismo beligerante. No es lo mismo ”no profesar religión” que profesar el “no a la religión” que curiosamente no se refiere a los credos islamitas, y adopta la vía de convertir a España en un Estado anticatólico, con la pretensión de recluir lo religioso a las sacristías y al ámbito estrictamente privado.

El Estado español tiene carácter de aconfesional y su legislación prevé positivamente el hecho religioso, especialmente el catolicismo, una realidad contraria a la de Sánchez. La consecuencia es el derecho que está presente en la vida pública y que se concreta de diversas maneras. Por ejemplo,  en el caso de la enseñanza de la religión, con lo que establece el art. 27.3 de la CE como ''derecho que asiste los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones''.

La causa primera de cualquier derecho se encuentra en la naturaleza - tan defendida por algunos ecologistas en otros ámbitos -  y no en la ley. La fuente primaria del derecho está más allá del Estado y de la sociedad; reside en la idea de justicia como traducción de la naturaleza humana y del orden universal de las cosas. Hay que gobernar, sin favoritismos, para todos los hombres y para todo el hombre.

 

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