El Patrimonio Histórico supeditado a otros intereses

El Castillo de Belvís de Monroy en Extremadura. Hispania Nostra

La Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura obliga, sobre el papel, al Gobierno de esta Comunidad y a todos sus Ayuntamientos a salvaguardar el legado de bienes que constituyen dicho patrimonio, disponiendo, entre otras medidas, la obligación de soterrar todo tipo de cableado existente en las zonas calificadas como Conjunto Histórico y la de sancionar a quien instale nuevos tendidos aéreos en tales zonas sin autorización expresa de la Junta de Extremadura.



Por desgracia, esa Ley resulta ser sólo papel mojado.



Hace dos años un ciudadano denunció formalmente, ante la Consejería de Patrimonio de la Junta, un despliegue aéreo de fibra óptica que diversas instaladoras venían realizando por todo el Conjunto Histórico de la localidad de Azuaga, en Badajoz, y solicitó, vía Derecho de Petición, que se acordase la remoción de cualquier tendido no autorizado legalmente. Patrimonio no se dignó siquiera contestarle, así que elevó una queja ante el Defensor del Pueblo, quien a su vez la trasladó a dicha Consejería y, entonces sí, aunque con muchos meses de retraso, la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura condescendió a responder a este órgano constitucional. En el informe que, de tal actuación, el Defensor del Pueblo remitió después al denunciante original se seguía lo siguiente:



Por un lado, que el Ayuntamiento de Azuaga estaba al tanto del despliegue de fibra óptica mencionado, que carecía de licencia; si bien, pese a esta ilegalidad, la entidad local no había adoptado medida alguna encaminada a paralizar la instalación, sancionar a los responsables o informar siquiera a la Dirección General de Patrimonio. Ésta, a su vez, conocido que hubo los hechos, tampoco actuó contra la antijurídica pasividad de dicho ayuntamiento, dándola así por buena.



Por otro lado, que el mencionado tendido carecía asimismo de la -más importante aún- autorización de la propia Dirección General, si bien ésta tampoco acordó la remoción de las instalaciones ni medida sancionadora alguna "en tanto no se realizase una valoración técnica" de otros proyectos de despliegue de fibra pendientes de informar. A día de hoy, dichas instalaciones siguen ampliándose activamente y deteriorando el Conjunto Histórico de Azuaga.



Pues bien: si esto no se llama prevaricación, entonces no sé cómo se llama, porque la Ley de Patrimonio Histórico es taxativa respecto a las infracciones y las medidas a adoptar por los poderes públicos: está prohibido realizar tales instalaciones sin autorización expresa, y la Junta de Extremadura viene obligada, inexcusablemente, a acordar su remoción y a sancionar a los infractores. En ningún lado contempla dicha norma que estas dos medidas puedan condicionarse a "valoraciones técnicas" de otros proyectos.



Así que véase si es, o no, papel mojado la Ley que supuestamente protege nuestro patrimonio histórico, cuando las autoridades obligadas a hacerla cumplir son las primeras que la desprecian. Peor aún: el propio Defensor del Pueblo se sumaba, implícitamente, a esta postura al dar por válidas todas las irregularidades que en su propio informe se reflejaban, puesto que, una vez elaborado el mismo, dio por concluido el expediente y rehusó por dos veces consecutivas la petición que aquel ingenuo denunciante le formuló para ahondar y tomar cartas en el asunto.



¿Y por qué tanta tolerancia con tan innegables infracciones? No es difícil imaginarlo: ocurre que tras el despliegue de fibra óptica por todos los rincones de la geografía española se encuentran las poderosas operadoras de telecomunicaciones; tras ellas, los aún más poderosos proveedores de contenidos online, con esas plataformas de entretenimiento y lavado cerebral que todos conocemos; y, todavía más arriba, la omnipotente élite globalista internacional con su ideológica Agenda 2030, su Great Reset, su Nuevo orden mundial y su adoctrinamiento cultural, encauzados precisamente, entre otros medios, a través de dichas plataformas. Así que, ante tamaños poderes, no hay Ayuntamiento, Gobierno Autonómico ni Defensor del Pueblo que no se doblegue. El patrimonio histórico español no puede ser un obstáculo para la difusión del pensamiento único.