¿Qué significa aceptar normas que vengan a consagrar un "delito de opinión"? ¿Tiene siquiera algún fundamento legítimo un mecanismo de carácter censor en una sociedad democrática, múltiple, asentada en la libertad de expresión y en el imperio de la ley?

Claramente no. La posibilidad misma de existencia de un presunto "delito de opinión" debe rechazarse sin medias tintas.

La libertad de expresión está protegida y enmarcada legalmente mediante la prohibición de la difamación, el delito de injurias y la exclusión de la incitación a la violencia. Todo lo demás, incluso las reflexiones más delirantes, han de estar permitidas y se deben poder expresar sin miedo ni temor.

Por lo tanto, la posibilidad de que cualesquiera asociaciones militantes puedan tener "derecho" a llevar a los tribunales a personas por comentarios que simplemente desaprueben no debe existir. Por la boca muere el pez y cada cual se retratará según su pensamiento.

Podremos discrepar o coincidir. O ni una cosa ni la otra. Sin embargo, sibilinamente, parece haberse reinstaurado en nuestras sociedades la aceptación de una especie de blasfemia moderna, señaladamente a través del dogma de una diversidad fuertemente discriminada ex ante y frecuentemente discriminatoria ex post.

Resulta pues imprescindible rehusar con contundencia cualquier asomo de blasfemia moderna, junto con toda la maquinaria institucional que pudiera sucumbir a la tentación de querer sustentar una nueva inquisición de las ideas.

Disponemos de leyes suficientes y efectivas para condenar los excesos y los ultrajes ante los tribunales. Basta con aplicarlas en vez de soñar con crear sistemas paralelos, artificiales, sesgados e innecesarios de restricción del pensamiento.

Colabora con el blog

Forma parte de los contenidos del Blog del Suscriptor
Escribir un artículo