Mediaset España ha sido condenada a pagar 180.000 euros a María José Campanario y Jesulín de Ubrique por intromisión ilegítima a su honor e intimidad en varios programas de Telecinco emitidos hace ahora tres años.
El magistrado encargado del caso, Carlos José Rodríguez, ha estimado parcialmente la demanda presentada por el matrimonio, que pedía medio millón de euros de indemnización al grupo audiovisual por hablar en varios espacios de la supuesta separación de la pareja, así como de una presunta infidelidad del diestro a su esposa con dos presentadoras de la cadena.
En concreto, la sentencia adelantada por ABC obliga a la compañía de Vasile a hacer dos pagos a cada uno de los denunciantes: 5.000 euros por invasión de la intimidad personal y familiar en el programa Sálvame emitido el 29 de enero de 2019; y 85.000 euros por el contenido abordado en varios formatos como Viva la vida y distintas entregas de Sálvame ofrecidos entre el 10 y el 15 de febrero de ese mismo año.
El fallo ha tenido en cuenta, además, otros litigios anteriores entre Campanario y Mediaset, en los que la cadena tuvo que indemnizar a la mujer del torero con 6.000, 2.000 y 8.000 euros, respectivamente. Por este motivo, se ha aplicado ahora una alta cuantía para que no se trate "meramente de una indemnización simbólica". Además, la cadena tendrá que borrar todos los vídeos que han sido objeto de esta demanda, ya que hasta la fecha seguían disponibles en Mitele.
La sentencia considera que los programas de Telecinco mencionados tuvieron un "desprecio absoluto hacia la realidad y la verdad, no solo la veracidad". El magistrado asegura que en los formatos mencionados "se ceba (como en algún programa se menciona), se especula, en definitiva se genera expectación en la audiencia, para que la noticia, la historia, dé para producir contenido para todos los programas analizados". Y prosigue: "El problema jurídico, que es el que aquí únicamente nos ha de ocupar, es el de saber o determinar si esa historia o noticia merece el calificativo de Información, en el sentido que nuestra Constitución protege".
El juez recuerda, por otro lado, que se dio la oportunidad a Mediaset de confirmar la veracidad de los hechos publicados. En concreto, fueron citados a declarar el reportero de Sálvame José Antonio León, quien dio la noticia de la separación el 29 de enero de 2019; y Diego Arrabal, encargado de anunciar la supuesta infidelidad de Jesulín a su mujer con una presentadora.
Según consta en la sentencia, el reportero "se limitó a dar la noticia, él no era la fuente de la misma, no la obtuvo por sus propios medios. Sencillamente la 'noticia' la tenía el programa y se le encargó transmitirla a él en el programa. Desconoce si la 'noticia' se contrastó. No era su noticia ni por lo tanto su función la de contrastarla. Desconoce lo que pudo hacer o dejar de hacer la persona responsable del programa".
Arrabal, por su parte, "no compareció al acto del juicio, y la demandada decidió renunciar a su declaración. A efectos de prueba en este proceso, es tanto como poder afirmar que las noticias en cuestión no eran veraces", asevera el documento. "La 'información' ofrecida en los programas analizados sería otro tipo de información, desde luego no la que protege nuestra Constitución. La 'información' analizada no es la expresión del ejercicio de un derecho fundamental, y por ello no puede prevalecer frente al derecho a la intimidad, o frente al derecho al honor de los demandantes", concluye.