Segundo revés judicial para La Fábrica de la Tele en una semana. La productora que dirigían Adrián Madrid y Óscar Cornejo ha sido condenada a pagar 800.000 euros al periodista Alfonso Merlos por vulnerar su derecho al honor e intimidad en el 'Merlos Place' durante la pandemia, si bien la compañía puede recurrir ante el Tribunal Supremo.

Como todo el mundo recuerda, se trata del culebrón amoroso que protagonizaron el propio Merlos, habitual colaborador de Telecinco; Marta López, la que fuera su pareja por entonces, y Alexia Rivas, que trabajaba como reportera del programa Socialité. La historia fue televisada en Sálvame y atrapó a la audiencia en pleno confinamiento.

La Audiencia Provincial de Madrid señala que hubo "una intromisión ilegítima continuada en el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar", ratificando así el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Móstoles, de julio de 2022, que estimaba la demanda que puso Alfonso Merlos, tal y como avanza OK Diario.

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En la resolución judicial se enumera las diferentes ediciones de Sálvame -Sálvame Limón, Sálvame Naranja, Sálvame Tomate, Sálvame Deluxe-, así como Socialité y Supervivientes (Bulldog TV) como los espacios que contaron con detalles la presunta infidelidad de Alfonso Merlos a Marta López después de que Alexia Rivas se colase, en ropa interior, en un vídeo que estaba realizando el periodista para el programa de YouTube Estado de alarma el 23 de abril de 2020.

El culebrón se convirtió en la comidilla del país al monopolizar prácticamente la escaleta del programa de La Fábrica de la Tele, compañía que Mediaset ha adquirido en su totalidad al poner fin su relación societaria con Adrián Madrid y Óscar Cornerjo, sus creadores. Telecinco, de hecho, intentó reavivar la historia un año después al juntar a Marta López y Alexia Rivas en Supervivientes 2021.

"Clasista, cobarde, tonto útil"

El fallo judicial recoge diferentes expresiones de los colaboradores de Sálvame haciendo referencia de Merlos en los siguientes términos. "Se le calificó de clasista, cobarde, tonto útil, incívico, mentiroso, antiguo, machista, infiel, traidor, hipócrita, sinvergüenza, gañán y cateto". También se señala las suposiciones que se hicieron sobre sus gustos sexuales, así como el repaso a su currículum amoroso.

Por otra parte, la sentencia confirma la condena a Mediaset "a que en el futuro se abstenga, a través de su cadena o cualquier otro medio, de difundir total o parcialmente el contenido de los referidos programas en todos los aspectos que supongan una intromisión en el derecho al honor". También señala que deberán reproducir el fallo judicial en los mismos programas -ya extintos- u otros parecidos.

En un principio se había condenado al grupo a pagar por los daños y perjuicios personales, morales y patrimoniales causados a pagar 380.000 euros a la empresa de Merlos (Trocadero Comunicación SL) y 800.000 euros al propio Merlos con los intereses correspondientes.

Pero la Audiencia Provincial de Madrid -informa el citado medio anteriormente- revoca "parcialmente la sentencia y desestimamos la demanda de Trocadero Comunicación SL y estimamos parcialmente la demanda interpuesta de Merlos, manteniendo el resto de los pronunciamientos declarativos y de condena".