Todos los fines de semana se repite la misma situación. En las horas punta de proyección de películas en cines, las redes sociales se llenan de comentarios. Muchos hablan de la película que han ido a ver, pero otros tantos usan Twitter, Facebook y otros medios para mostrar su descontento por el exceso de publicidad que se emite antes de empezar el filme.
“Me parece vergonzoso que @Cinesa anuncie en su cartelera una sesión a las 20:20 y no comience hasta las 20:45 por la publicidad”, comentaba un usuario hace una semana. “@Cinesa quiero daros las gracias. 10 pavazos de entrada para tener que aguantar 15 minutos de publicidad. No de tráilers. De publicidad”, apuntaba otro sólo un día antes. Y así siempre. Las quejas suelen ir dirigidas a las grandes cadenas como Cinesa o Yelmo, que en los últimos años han visto cómo los ingresos publicitarios se recuperaban. Los usuarios consideran que se abusa del tiempo de anuncios a los que se les someten. Es la publicidad comercial y no los tráilers lo que cansa al público que en ocasiones llega a esperar media hora desde la hora a la que supuestamente comenzaba la sesión.
El consumidor en una sala de cine está indefenso, no puede cambiar de canal o apagar la pantalla. Tiene dificultades para salir y volver a entrar cuando acabe la publicidad
Un trabajador de una de estas cadenas confiesa a EL ESPAÑOL que el mayor número de quejas recibidas son por este problema. También explica que existe un código de buenas prácticas por el que no se debería superar los 20 minutos del pre-show, que incluye los tráilers y los anuncios, pero que en época de mucha afluencia suele rebasarse un poco. Son los cines los que tienen esa responsabilidad, y si ven que el tiempo de los comerciales que deben emitir sumado a los tráilers supera por mucho esa cantidad deberían avisar para ajustarlo.
El problema con el exceso de publicidad es que no existe una ley que regule el tiempo máximo de publicidad que puede emitirse en los cines. Mientras que las televisiones sí están reguladas, las salas no. Las empresas que se encargan de estos anuncios (Movierecord, Discine y 014) tienen un código de buenas prácticas que gestiona el contenido de estos, pero no habla del tiempo máximo. Los espectadores manifiestan sus quejas sin saber cuáles son sus derechos en esta situación en la que no hay una legislación que les proteja, pero en la que desde FACUA, consumidores en acción, consideran que se encuentran “indefensos” y que habría que legislar para protegerles.
Miguel Ángel Serrano, abogado de FACUA, cuenta a EL ESPAÑOL que “al menos habría que darles la información de cuánta publicidad se va a emitir y el propósito de la misma”. “El derecho a la información es esencial, que sepan que van a recibir informaciones comerciales. El consumidor en una sala de cine está indefenso, no puede cambiar de canal o apagar la pantalla. Tienen dificultades para salir y volver a entrar cuando acabe la publicidad, si no quieren recibirlas están indefensos, mucho más que cuando ven la televisión. Consideramos que es fundamental el derecho a la información”, explica.
Desde la protectora de los intereses de los consumidores subrayan que este abuso de publicidad es “legalmente válido, aunque cuestionable”. “Desde FACUA creemos que es cuestionable que una sala de cine tenga el lucro de la entrada y el lucro de la publicidad. El espectador abona un precio por una película y la sala pone en ella anuncios comerciales. En estas circunstancias creemos que es menos justificable que tengan que acudir a la publicidad para obtener un beneficio que ya va incluido en el precio de la entrada”, explican.
Es cuestionable que una sala de cine tenga el lucro de la entrada y el lucro de la publicidad. El espectador abona un precio por una película y la sala pone en ella anuncios comerciales
Serrano incide siempre en que “es cuestionable, pero no ilegal, porque la legislación no regula”. “Cualquier normativa para proteger al espectador a la hora de recibir publicidad sería positiva, así que consideraríamos correcto que se legislara en este tema y sobre los minutos de publicidad a los que el espectador puede ser expuesto, y sobre todo respecto a ese derecho a la información que tiene un propósito comercial”, cuentan a este medio.
Desde FACUA creen que si el espectador está descontento y considera que ha recibido demasiados anuncios “lo primero es poner una hoja de reclamaciones para dejar constancia y posteriormente no pasa nada por poner una denuncia en consumo para que valorase el caso y que vieran si se puede iniciar un expediente situación para esa situación concreta”.
Desde la Federación de Exhibidores Cinematográficos (FECE) apuntan que “no ha existido un volumen mínimo de quejas relevantes sobre este tema por parte de los espectadores”. “Obviamente, en una industria que mueve 100 millones de espectadores al año hay de todo, y tendremos que partir de la base que algún grupo de personas se habrán quejado, pero no por ello podemos extrapolar ese comportamiento a la mayoría. Las pantallas de cine son el medio publicitario menos saturado. La parte del pre-show destinado a publicidad tiene una duración media de cinco minutos. El resto es información para el espectador, ya sea en formato tráiler de película con los próximos estrenos o promociones propias de las salas de cine. Además, en los estudios de mercado realizados por FECE en 2009, 2011 y 2016, no figura la publicidad en pantalla como un problema o queja por parte de los espectadores. Al contrario, el visionado de tráilers en pantalla grande figura como uno de los principales motivadores para seleccionar una película”, apuntan.
Los exhibidores no consideran que el espectador esté indefenso, “ya que no existe la obligación de ver el pre-show”. Los espectadores que acuden al cine tienen conocimiento de esto y es habitual ver entrar a grupos de personas en una sala de cine más tarde del inicio de la proyección, bien porque realmente llegan tarde o bien porque no están interesados y entran directamente a la película.
No existe la necesidad de legislar en este sentido. Son los propios cines los que trabajan constantemente para ello, porque son los primeros interesados en ofrecer al espectador la mejor experiencia
Por ello no consideran que la publicidad perjudique al espectador, y creen que “se cuida y mucho, ya que está regulada por un código ético entre las empresas y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial. Creen que ese cuestionamiento de la explotación comercial de las salas de cine por dos vías (entradas y publicidad) corresponde a un “desconocimiento del modelo de negocio”. “Las salas de cine tiene cuatro vías de ingresos: entradas, bar, publicidad y otros eventos como el alquiler de salas. Su funcionamiento podría ser similar al de un campo de fútbol o baloncesto, en el sentido de que el espectador paga una entrada por ver un espectáculo, pasarán por el bar del estadio si quieren y una vez en su localidad, además del partido en cuestión estarán viendo constantemente las vallas publicitarias que rodean el campo emitiendo anuncios, y por los que el equipo de turno ha obtenido ingresos añadidos, además de los obtenidos por la venta de entradas”, responden desde FECE.
Tampoco creen que “exista la necesidad” de legislar en este sentido, “ya que son los propios cines los que trabajan constantemente para ello, porque son los primeros interesados en ofrecer al espectador la mejor experiencia cinematográfica”, zanjan. Las quejas virtuales de los espectadores no son tenidas en cuenta, y de momento no hay ningún plan para proteger al espectador en su lucha contra la publicidad excesiva en el cine.