La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha decidido sancionar a Atresmedia (18.175 euros) y a Mediaset (63.705 euros) por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
Esta Ley establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural (“Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj”).
Las infracciones detectadas en Mediaset tuvieron lugar entre enero y mayo de 2016 en sus canales de televisión Telecinco, Cuatro, Divinity y Energy. Por lo que respecta a Atresmedia, el exceso de publicidad se ha contabilizado en Antena 3, también entre enero y mayo de este año.
Contra esta decisión, Mediaset y Atresmedia podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.
Como ya analizamos en junio pasado, Mediaset España es el operador más sancionado en los últimos años por la CNMC por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios en sus canales con un total de 1.651.974 euros. Mientras, su rival Atresmedia, sólo ha pagado 153.728 euros en multas de este tipo.
Paradójicamente Mediaset España decidió apostar por la autorregulación y hace unos años tomó la estrategia voluntaria e individual de apostar por bloques publicitarios de prime time en todas sus cadenas que tengan una duración inferior a los seis minutos.