FACUA-Consumidores en Acción ha reclamado a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) que retire el anuncio con el que Frenadol Complex se está promocionando por resultar potencialmente peligroso para determinados usuarios que lo ingieran.
La asociación ha podido constatar que la empresa Johnson & Johnson, mercantil encargada de distribuir el medicamento, indicado para resfriados y procesos gripales, está promocionando el producto a través de anuncios en los que se muestra a un padre de familia, afectado por tos y fiebre, consumiendo el producto justo antes de conducir su vehículo.
La escena coincide exactamente con la sobreimpresión en pantalla de una advertencia que desaconseja coger un coche si se toma Frenadol Complex: "Este medicamento puede producir somnolencia. Se recomienda no conducir".
FACUA pide a la Aemps que imponga una sanción a Johnson & Johnson por su campaña negligente y peligrosa, así como que exija a la empresa la retirada o rectificación del anuncio, facultad que el Real Decreto 1416/1994 atribuye a la autoridad sanitaria "cuando la publicidad sobre medicamentos sea engañosa para el público o constituya un riesgo para la salud o la seguridad de las personas".
A juicio de la asociación, el visionado del vídeo puede provocar que el usuario piense, de forma errónea, que el consumo del medicamento no supone merma alguna en su capacidad física para poder conducir, por lo que no repare en que el aviso, a pìe de pantalla y a letra pequeña, está avisando de exactamente todo lo contrario.
Publicidad peligrosa
FACUA indica que el Real Decreto 1/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, expone en su artículo 80 que "la publicidad de un medicamento que sea objeto de publicidad al público deberá incluir todas las informaciones indispensables para la utilización correcta del medicamento, así como una invitación expresa y claramente visible a leer detenidamente las instrucciones que figuren en el prospectoo o en el embalaje externo, según el caso, y la recomendación de consultar al farmacéutico sobre su correcta utilización".
De igual forma, el artículo 111 contempla como "infracción muy grave" el hecho de que un medicamento "no cumpla los requisitos y condiciones reglamentariamente exigidos en materia de publicidad y promoción comercial de los productos, materiales, sustancias, energías o métodos a los que se atribuyan efectos beneficiosos para la salud".