La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y Competencia) ha sancionado a DTS (antiguo Canal+) con 661.796 euros por incumplir con la obligación de financiar obras audiovisuales europeas en el año 2014. Este hecho supone una infracción muy grave de la Ley General de la Comunicación Audiovisual.
Además, se requiere a DTS para que invierta en la producción de obras europeas, antes de la finalización del ejercicio 2019, la cantidad de 7,4 millones de euros (por ser el déficit de financiación por ese concepto), de los cuales 1,3 millones de euros corresponden a la producción de películas cinematográficas de cualquier género.
La Ley General de la Comunicación Audiovisual obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual o a los operadores de telecomunicaciones que también difundan canales de televisión, a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas: películas para el cine y la televisión, series, documentales y películas y series de animación. En el caso de que la empresa sea de titularidad pública, este porcentaje aumenta hasta el 6%.
El 60% de la financiación debe destinarse a la producción de películas de cine y, a su vez, el 60% de dicho porcentaje a obras en alguna de las lenguas cooficiales de España. Contra esta decisión, DTS podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.