Este martes se ha notificado a RTVE la sentencia del Juzgado de lo Social que estima en parte la demanda en impugnación de modificación sustancial interpuesta por el trabajador Álvaro Zancajo Fenoll.
La sentencia estima en parte la demanda interpuesta y considera nulo su cese como director del Canal 24 horas, al concurrir “el dato objetivo de que el trabajador estaba acogido a una reducción de jornada” de un octavo, solicitada el 25 de junio de 2018.
La sentencia desestima el resto de las alegaciones de Álvaro Zancajo y considera que la medida adoptada por RTVE no vulnera la garantía de indemnidad del trabajador, y deshecha de plano “la existencia de una conducta discriminatoria y represaliante de la demanda fundada en razones ideológicas”, por considerar que la medida adoptada responde a la renovación del equipo directivo.
Con independencia del respeto de RTVE para toda resolución judicial, no se puede compartir el criterio de la sentencia que declara la nulidad de la decisión de RTVE de atribuir a Álvaro Zancajo funciones de informador, tras su cese como directivo, pese a sostener que “lógicamente la demandada –RTVE- no estaba obligada a perpetuar al actor en su cargo indefinidamente”.
La sentencia no es firme y RTVE ya ha anunciado el oportuno recurso de suplicación.