Mediaset España y Atresmedia recurrirán ante la Audiencia Nacional la multa impuesta por la CNMC de 77,1 millones de euros por prácticas competitivas en la comercialización de la publicidad en televisión por considerarla "injustificada, injusta, errónea e infundada".
Atresmedia se muestra convencida plenamente de que los Tribunales "repararán finalmente una resolución injusta, errónea e infundada, fruto de un procedimiento que, sorprendentemente, parecía tener decididas las conclusiones desde su inicio".
Son unas prácticas que solo alcanzan la categoría de infracción grave
"Resulta incomprensible y alarmante que la CNMC penalice ahora actividades comerciales no sólo completamente legales sino que además forman parte del funcionamiento lógico y natural del negocio publicitario en todo el mundo y de muchos otros mercados en España".
"La desproporcionalidad en la cuantía de la sanción vuelve a poner en evidencia la postura que el Regulador ha adoptado en este procedimiento. Atresmedia quiere subrayar que se trata de la mayor multa jamás impuesta por la CNMC a una empresa por unas prácticas que solo alcanzan la categoría de infracción grave. Es más, supera con creces la mayoría de las sanciones impuestas hasta ahora por la CNMC incluso en el caso de infracciones calificadas como muy graves".
"Atresmedia ha defendido y defenderá siempre su actividad prestando, sin excepción, la máxima colaboración a la CNMC, en este y en otros procesos, aunque este organismo haya confirmado con esta resolución que sigue mirando a la carretera por el espejo retrovisor. Por ello, exige al Regulador que entienda, de una vez por todas, que el mercado de la televisión privada, que tanto parece preocuparle, ya sólo es una porción minoritaria de un mercado nuevo, el audiovisual, mucho más grande y global, con importantes asimetrías regulatorias y con una inquietante falta de vigilancia por parte, precisamente, de la propia CNMC. La tecnología ha provocado una inexorable convergencia en el mercado televisivo ante la que el Regulador ha venido mostrando pasividad e indiferencia a pesar de las reiteradas advertencias de los operadores"
"A lo largo de casi treinta años Atresmedia ha sido protagonista en la construcción de la industria audiovisual española, ha contribuido a la creación de nuevos sectores de actividad y nuevas profesiones, con la consiguiente generación de puestos de trabajo directos e indirectos, y ha proporcionado la plataforma de comunicación más eficiente en coste y más eficaz en resultados para los anunciantes. Todo ello basado en el esfuerzo de sus profesionales y en el riesgo asumido por sus accionistas nacionales e internacionales".
"Esta resolución pone todo ello en tela de juicio y, en la práctica, debilita la actividad de los principales operadores en beneficio de los que quieren obtener algunas ventajas comerciales y de los que pretenden obtener beneficios sin asumir riesgos. No puede entenderse que el organismo encargado de garantizar el funcionamiento libre y eficaz de los mercados, mediante una resolución que pretende atajar una supuesta mala práctica, acabe por conseguir que el mercado sea menos libre y eficaz".
Suspensión cautelar
Por su parte, Mediaset denuncia que la supuesta comisión de prácticas restrictivas de la competencia en el mercado de la publicidad en televisión en España, que "serían contrarias a los artículos 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Mediaset España recurrirá ante la Audiencia Nacional esta injustificada resolución y va a solicitar su suspensión cautelar para evitar que mientras los tribunales la anulan le genere perjuicios irreparables".
"La compañía manifiesta su más absoluto desacuerdo al considerar que no hay ninguna conducta anticompetencia que haya dado lugar a un incumplimiento de la normativa vigente que pueda ser objeto de sanción".
Mediaset confía en que la resolución sea anulada en vía jurisdiccional
"En primer lugar, porque las conductas investigadas son las mismas que se vienen llevando a cabo desde hace décadas, no sólo en España, sino en otros países europeos, habiendo sido objeto de conocimiento y posibilidad de control con ocasión de las concentraciones operadas hace años en el sector".
"En segundo, por la incorrecta caracterización del mercado relevante, al seguir considerando como tal el mercado publicitario televisivo, cuando resulta patente su, cada vez más, subsunción en el de la publicidad audiovisual donde la principal competencia viene del mundo internet. Una deficiente consideración del nuevo escenario audiovisual y publicitario que ha llevado a esta Comisión a definir como ‘efectos anticompetitivos’ a la propia dinámica del mercado, obviando que los factores diferenciales que determinan la mayor inversión en Mediaset España son precisamente las ventajas que su oferta de espacios publicitarios posee en términos de calidad y eficiencia".
"En tercero, por la imposibilidad de encajar estas conductas en el tipo infractor descrito legalmente (infracción por sus efectos del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), en clara violación de los principios de seguridad jurídica y tipicidad".
"Y por último, porque la CNMC no ha probado que las conductas investigadas hayan producido (o sean susceptibles de producir) efectos anticompetitivos, ni ha probado que exista una relación de causalidad entre unos supuestos efectos anticompetitivos y las conductas de Mediaset España. De hecho, lo que la CNMC considera como efectos anticompetitivos es en realidad, como ya hemos comentado, la propia dinámica del mercado, al omitir que la situación responde a condiciones de competencia efectiva entre Mediaset España y el resto de operadores, y que los factores diferenciales que determinan la mayor inversión en Mediaset España son precisamente las ventajas en términos de calidad y eficiencia que ofrece su oferta de espacios publicitarios".
"En esta línea, la Dirección de Competencia ni siquiera ha realizado un análisis contrafactual que permita demostrar que las condiciones en el mercado serían diferentes en ausencia de las prácticas de Mediaset España, ni ha probado la existencia de un perjuicio real para anunciantes y agencias, porque no ha existido ninguno".
"En definitiva, la compañía recurrirá y solicitará de inmediato medidas cautelares sobre esta resolución que confía en que será anulada en vía jurisdiccional por su deficiente consideración de la estructura de mercado, su base jurídica errónea, el error en la calificación de las conductas y la ausencia total de prueba de los efectos anticompetitivos supuestamente generados".