El pasado 31 de marzo, el Boletín Oficial de Castilla y León aprobó las modificaciones sobre las normas vigentes correspondientes a las práctica de pesca. Por un lado, el primero de los cambios afecta a las declaraciones de los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad. Y por otro lado, se establecen las localizaciones de aguas trucheras de Castilla y León.
La Red de de Seguimiento y Control de las poblaciones acuáticas, fue quien decidió que se deberían realizar algunos cambios tras realizar diversos estudios donde se observaba los hábitos del colectivo pescador y otros factores sociales. Todo ello, con la finalidad de proteger y aprovechar de forma compatible las diversas zonas con poblaciones acuáticas y conservar las masas de agua que están determinadas como refugios donde está prohibida la pesca.
Con lo que se refiere a las aguas trucheras, la Ley de Pesca de Castilla y León ha realizado una clasificación de dichas masas en función de las especies predominantes, a través de la cual, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha determinado los espacios adecuados para poder llevar a cabo la pesca teniendo en cuenta que la trucha común es la especie pescable de mayor interés, y la elevada potencialidad para albergar a dicha especie.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que hay ciertas masas de agua donde la presencia de trucha común no es destacable como es el caso del embalse de Linares del Arroyo (Segovia), el embalse de Campañana (León) y el Lago de Carucedo (León) y por otra parte, hay casos donde el tramo fluvial donde se lleva a cabo la pesca no permite que la identificación sea sencilla, como ocurre en en la subcuenca del Pisuerga a su paso por el término municipal de Astudillo (Palencia).