R. Travesí / Ical.- La Consejería de Educación ha fijado que el horario obligatorio para los centros acogidos al programa de gratuidad de las unidades de 2-3 años del primer ciclo de Infantil será de cinco horas lectivas pero con diferencias en función de la titularidad del mismo. Las escuelas de Educación Infantil de la Junta de Castilla y León y los colegios públicos se ha marcado un horario de nueve de la mañana a dos de la tarde pero los centros de los ayuntamientos y las guarderías privadas podrán fijar una hora de inicio y finalización diferente, aunque deberán respetar la jornada lectiva de cinco horas.
Además, el proyecto de la orden consultado por la Agencia Ical recoge que el titular del centro será el responsable de cumplir estas disposiciones, además de estar obligado de remitir el calendario escolar cada año a la Dirección Provincial de Educación y exponerlo en el tablón de anuncios para conocimiento de la comunidad educativa.
Las actividades con el alumnado del premio ciclo de Educación Infantil se podrán desarrollar entre el 1 de septiembre y el 31 de agosto de cada año. En todo caso, deberán iniciarse como muy tarde el mismo día que comiencen las actividades lectivas del segundo ciclo de Infantil y no podrán finalizarse antes del 30 de junio.
En cuanto al horario complementario, los centros infantiles de la Junta y los colegios públicos ofrecerán a las familias atención al alumnado con anterioridad y posterioridad al horario lectivo, siempre con carácter voluntario. Es decir, los programas Madrugadores y Tardes en el cole, con los precios y condiciones que se establezcan, pero también otras actividades en julio. Por su parte, los ayuntamientos y los centros privados también pueden ofrecer ese horario complementario y establecer el precio de estos servicios.
Las unidades de 2-3 años estarán atendidas por técnicos superiores de Educación Infantil y el proyecto pedagógico será elaborado por un maestro con la especialidad de Infantil del centro educativo.
El servicio de comedor en los colegios públicos será prestado en iguales condiciones que para el resto del alumnado y tendrá el precio que se establezca. Las familias podrán solicitar las correspondientes ayudas para el comedor. En las guarderías de la Junta, tendrá un precio público mínimo, con la existencia de exenciones y bonificaciones. Este servicio en los centros de los ayuntamientos y las guarderías privadas acogidas a la gratuidad no será obligatorio y tendrá el precio establecido por la instalación.