La Consejería de Cultura y Turismo publica hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León la convocatoria de dos líneas de subvenciones destinadas al sector deportivo de la Comunidad con el objetivo de apoyar al sector frente a los efectos de la crisis ocasionada por la pandemia.



Una de estas líneas de ayudas económicas, que cuenta con un presupuesto total de 1.050.000 euros, tiene como finalidad dotar de liquidez a las entidades deportivas, mediante la financiación de los gastos a los que deben hacer frente y que, por motivo de la emergencia sanitaria derivada del coronavirus, están pasando dificultades económicas ante la falta de ingresos en el sector. El plazo de solicitudes para acceder a esta línea de subvenciones será de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOCyL.



Los gastos subvencionables que deberán haberse devengado en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes, serán los siguientes: los salarios percibidos por las personas sujetas a una relación laboral permanente con la entidad deportiva; alquiler y conservación de la sede social y de instalaciones deportivas; luz, energía y material de oficina; asesorías fiscal, laboral, contable o legal relacionadas con la COVID-19; seguros generales, excluidos los asociados a las licencias y mutualidades; pagos a Seguridad Social y Administración Tributaria; gastos por comunicación, bancarios e intereses de financiación, excluidos los deudores de las cuentas bancarias; gastos derivados de celebración de asambleas generales y juntas directivas o asimilados para el tratamiento y adopción de acuerdos relacionados con la crisis; gastos de publicidad encaminados a conseguir recursos con los que paliar la crisis sanitaria y los directamente relacionados con actividades deportivas para la organización de actividades deportivas online cómo hosting, diseño, pasarela de pagos y pago a profesores y gastos destinados a implementar las medidas necesarias para la vuelta de la actividad deportiva; adquisición o alquiler de material deportivo; gastos farmacéuticos y médicos; licencias que deba abonar el club deportivo o sociedad anónima deportiva.



Podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones los clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas que cuenten con un equipo en categoría nacional absoluta en la temporada 2019/20 o años 2019 ó 2020, así como las Federaciones Deportivas de Castilla y León, siempre que estén inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Castilla y León.



La cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá en función del tipo de beneficiario con estos criterios: federaciones deportivas de Castilla y León, se subvencionará el 100 % de los gastos subvencionables acreditados con un máximo de 80.000 euros. En cuanto a los clubes deportivos, así como de las sociedades anónimas deportivas, se subvencionará el 100 % de los gastos subvencionables acreditados, con importes máximos de 10.000 euros, en función de la modalidad deportiva y categoría, según el caso.



Ayudas a la modernización del sector




La segunda línea de subvenciones de la Consejería de Cultura y Turismo que publica hoy el BOCyL, está destinada a la modernización, innovación y digitalización en el sector deportivo de Castilla y León para adaptarse a la situación creado por la COVID-19.



Esta línea de subvenciones tienen por finalidad apoyar a las federaciones deportivas de la Comunidad mediante la incorporación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, financiando proyectos de inversión dirigidos a la modernización, innovación y digitalización de servicios y canales de comunicación, incluidas las medidas técnicas para el teletrabajo, que les permita adecuarse a la situación creada por la pandemia.



La convocatoria está dotada con 300.000 euros y la cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá detrayendo del importe total de los justificantes de gasto presentados los gastos no subvencionables, con los siguientes límites: hasta el 90 % de la cantidad justificada y por un importe máximo de 30.000 euros por proyecto y no se subvencionarán proyectos por un importe inferior a 2.000 euros. Las solicitudes serán concedidas previa justificación de haber realizado el proyecto y se resolverán individualmente, por orden de presentación, desde que el expediente esté completo y hasta que se agoten las disponibilidades presupuestarias previstas en la convocatoria.



Las actuaciones subvencionadas por estas convocatorias deberán haberse ejecutado durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud y el plazo de presentación de las finalizará el 2 de octubre de 2020, inclusive.



Los gastos subvencionables son variados: los derivados del diseño e implantación del teletrabajo consistentes en estudios de viabilidad del teletrabajo, diseño y puesta en marcha, implantación formal del programa de teletrabajo, herramientas tecnológicas necesarias para su consecución, aspectos logísticos, equipamientos necesarios, asesoría y aspectos legales de seguridad e higiene; adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; adquisición y tratamiento de software y licencias de software específicas, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática; costes de servicios de consultoría, incluyendo los trabajos de planificación y diseño del proyecto; mantenimiento de los programas informáticos, garantías, seguros y cánones del equipamiento informático, los gastos de conectividad, los servicios de alojamiento web, así como registro, renovación y gestión de dominios, y material didáctico y costes de formación dirigidos a la implantación de recursos tecnológicos.