En su cuarta comparecencia a petición propia en las Cortes de Castilla y León desde que comenzó la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, ha anunciado que, si la evolución de los datos sigue la misma tendencia descendente, este viernes, 4 de diciembre, a las 0:00 horas se levantarán en las provincias de León y Salamanca las restricciones adicionales adoptadas el pasado 6 de noviembre.
Dada la buena evolución epidemiológica de ambas provincias, el Consejo de Gobierno que se celebrará el jueves aprobará la suspensión de estas medidas en ambos territorios sumándose así a Ávila y Segovia, donde ya se hizo el pasado 27 de noviembre.
El presidente no ha descartado que, si otras provincias mejoran antes del jueves y cumplen las condiciones establecidas, también se puedan aliviar en ellas las restricciones. En cualquier caso, la previsión es que estas medidas dejen de estar en vigor en todo el territorio autonómico a lo largo de la próxima semana.
En León y Salamanca podrán reabrir desde el viernes las actividades de restauración tanto en terrazas como en interiores, los grandes establecimientos comerciales definidos en el artículo 14 del texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, así como los comercios de más de 2.500 metros cuadrados, y las instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, con asistencia de público en aquellos casos en los que está permitido.
Estos establecimientos deberán mantener, no obstante, las limitaciones del nivel 4. En el caso de la hostelería y restauración, el consumo no podrá ser en barra ni de pie. Deberá realizarse sentado en mesa o en agrupaciones de mesas no pudiéndose superar un tercio del aforo. Además, se limitará la ocupación máxima de las mesas o agrupación de estas a 6 personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre y de 2 metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podrán abrir al 75 % del aforo. Los grandes establecimientos comerciales abrirán con un aforo máximo de un tercio, y se mantendrá el horario establecido por el estado de alarma (RD 926/2020).
Para el deporte en establecimientos cerrados será obligatoria la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico, excepto deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento. El aforo máximo será del 33 %.