Castilla y León pondrá fin el miércoles al Impuesto de Sucesiones
Castilla y León pondrá fin este miércoles, 28 de abril, al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que quedará bonificado al 99 por ciento en su totalidad para familiares directos, cónyuges, ascendentes o descendientes con la novedad de que se extenderá a miembros de uniones de hecho con convivencia estable de al menos dos años anteriores a la fecha de devengo del impuesto y cuya unión se haya inscrito en el Registro de Uniones de Hecho de Castilla y León.
El punto y final al Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Castilla y León se producirá en el pleno ordinario que arranca este martes, 27 de abril, y que tiene como quinto y último punto del orden del día el debate y votación, ya el miércoles día 28, del decreto por el que se modifica este tributo con el que el presidente de la Junta, el 'popular' Alfonso Fernández Mañueco, cumplirá "un compromiso político y personal" para eliminar un impuesto "profundamente injusto", según ha defendido en todo momento el jefe del Ejecutivo.
Tras el previsible visto bueno de las Cortes donde los grupos que sustentan al Gobierno conjunto de PP y Ciudadanos sólo necesitan sumar un voto más de algunos de los procuradores de los otros partidos --PSOE y Unidas Podemos han anunciado su rechazo--, el fin definitivo del Impuesto de Sucesiones será efectivo unos días después con la publicación oficial de la deducción autonómica que no tendrá efectos retroactivos.
No obstante, la eliminación casi en la práctica del Impuesto de Sucesiones en Castilla y León en abril de 2021 viene precedida de sucesivos pasos del Gobierno autonómico en las anteriores legislaturas en las que el Ejecutivo de Juan Vicente Herrera amplió el límite exento de 250.000 a 300.000 euros por heredero --no por herencia-- entre familiares directos, primero, y de 300.000 a 400.000 euros después, fruto de un acuerdo con Ciudadanos, cuyo voto necesitaba para sacar adelante todas las normas, entre ellas los presupuestos.
De hecho, el último aumento del mínimo exento 300.000 a 400.000 euros deriva de un acuerdo suscrito en octubre de 2017 entre PP y Ciudadanos que contemplaba 50 medidas para la abstención de la formación naranja en la tramitación del Presupuesto de 2018 y de la Ley de Medidas Tributarias que contempló ese nuevo límite en la exención para las herencias directas, las de padres a hijos y entre cónyuges, que ha estado en vigor desde 2018.
La anterior ampliación del límite exento de 250.000 a 300.000 euros entró en vigor el 1 de julio de 2016 y fue fruto también de las negociaciones entre 'populares', que habían perdido la mayoría absoluta en los comicios de 2015, y los cinco procuradores de la formación naranja.
En este caso, se trataba de uno de los acuerdos que permitió sacar adelante en diciembre de 2015 la Ley de Medidas Tributarias que sustentaba los presupuestos de la Comunidad para 2016 tras la aceptación del PP de una enmienda del Grupo Ciudadanos para elevar el mínimo exento en Sucesiones hasta los 250.000 euros con efectos a partir del segundo semestre del año, con lo que se incrementaba la cuantía vigente hasta ese momento de 175.000 euros.
La Junta de Castilla y León había recuperado este impuesto de forma parcial en enero de 2013 para herencias entre padres e hijos y cónyuges a partir de los 175.000 euros que no cobraba para estos casos y con independencia del montante heredado desde 2007.
"La filosofía es que paguen más aquellos que más tienen", defendió entonces la consejera de Hacienda, Pilar del Olmo, que, aplicando un principio de progresividad decidió mantener la bonificación del 99 por ciento para los primeros 175.000 euros de base imponible entre patrimonios de padres a hijos y entre cónyuges para recuperar el tributo por encima de ese valor conforme a los tipos generales.
Ese 1 de enero de 2013 restringió además la reducción del 99 por ciento del impuesto de Donaciones a las acciones realizadas entre parientes directos a las entregas de dinero destinado a la adquisición de la viviendas habitual por jóvenes menores de 36 años o discapacitados por un importe de 120.000 y 180.000 euros como máximo respectivamente, así como a la construcción o ampliación de una empresa individual o un negocio en un plazo máximo de seis meses y con sede fiscal y social en Castilla y León.
La eliminación ahora a efectos prácticos de este impuesto --se reducirá al 99 por ciento-- beneficiará a entre 5.000 y 15.000 castellanoleoneses cada año y supondrá 35 millones de euros anuales para las arcas autonómicas, 23 millones en el caso concreto de 2021 ya que la medida no tendrá efectos retroactivos.
MEDIDA APARCADA POR LA PANDEMIA
La supresión del Impuesto de Sucesiones y Donaciones estaba contemplada en el Pacto de Gobernabilidad entre PP y Ciudadanos y que quedó aparcada como consecuencia de la pandemia --se iba a aprobar definitivamente en el pleno de marzo de 2020 que quedó suspendido por el primer estado de alarma-- y paralizado después tras el Pacto por la Recuperación de la Comunidad suscrito con el PSOE, entre otras fuerzas.
La Junta defiende que la supresión de Sucesiones y Donaciones generará "con el tiempo" nuevos hechos imponibles por la reactivación del consumo y de la actividad económica y augura que las arcas autonómicas no sólo no perderán los 35 millones de euros de recaudación anual sino que ingresarán más por la contribución de los otros impuestos.
Las nuevas bonificaciones supondrán la práctica eliminación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para los familiares directos, de manera que en las transmisiones lucrativas mortis causa, el patrimonio acumulado transmitido a familiares directos no sea objeto de una nueva imposición.
En el caso concreto de las transmisiones lucrativas intervivos, el objetivo es favorecer la transmisión anticipada en el tiempo de bienes y derechos entre familiares directos para que la ayuda económica llegue en vida a las familias "como un acto de generosidad, o en casos de necesidad o de financiación, sin tener que esperar al momento del fallecimiento".
La medida contempla dos nuevas bonificaciones, como una bonificación del 99 por 100 en la cuota de las adquisiciones lucrativas 'mortis causa' y de cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros sobre la vida que se acumulen al resto de los bienes y derechos que forman parte de la herencia, cuando los adquirentes del causante sean el cónyuge, los descendientes o adoptados o los ascendientes o adoptantes.
Asimismo, se establece una bonificación del 99 por 100 en la cuota de las adquisiciones lucrativas intervivos cuando el donatario sea cónyuge, descendiente o adoptado o ascendiente o adoptante del donante y para su aplicación se exigirá que la donación se formalice en documento público. En el caso de donaciones en metálico o depósitos en cuentas corrientes o de ahorro, a la vista o a plazo, que el origen de los fondos esté debidamente justificado y se haga constar en dicho documento público.