La crisis provocada por la COVID-19 ha propiciado una reducción significativa de los ingresos de muchas empresas y autónomos, lo que ha supuesto la necesidad de adoptar medidas para apoyar a quienes están sufriendo la caída de sus ingresos.
El Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, establece una línea de ayudas directas a autónomos y empresas más afectados por la pandemia y establece que sean las comunidades quienes realicen las convocatorias para asignar las ayudas en sus territorios.
Así, la Junta de Castilla y León ha elaborado la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas directas a autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado dentro de la Comunidad, con el fin de reducir el impacto económico, así como la convocatoria de las ayudas para 2021.
La convocatoria de la Junta incluye un total de 184 sectores de actividad, 89 más que los propuestos por el Real Decreto, lo que supone incrementar un 94 % las actividades económicas a las que pueden llegar estas ayudas y con ello ayudar al mayor número de empresarios afectados por la pandemia.
Las ayudas se emplearán para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como costes fijos que hayan tenido los autónomos y empresas, primando la reducción del nominal de la deuda con aval público, siempre y cuando las deudas se hayan devengado a partir de 1 de marzo de 2020 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 5/2021.
Sectores incorporados por la Junta
La Administración autonómica ha realizado un análisis de los sectores que se han visto especialmente afectados por la crisis de la COVID-19 y ha añadido 89 actividades a la establecidas en el RD: 37 de comercio, 15 del ámbito agrícola/ganadero, otras 15 de turismo/cultura, seis de educación, cinco del ámbito sanitario, ocho del área de servicios sociales y tres de otros servicios.
Entre ellos se encuentran explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, porcino y equino; avicultura; elaboración de vinos; fabricación de cerveza, quesos, pan, productos cárnicos; reparación de vehículos y repuestos; flores y plantas; frutas, lácteos, textiles y el comercio de aparatos electrodomésticos.
Además, la Comunidad también ha incorporado como subvencionables las actividades de producción cinematográfica, vídeo y televisión; la distribución de programas de televisión; actividades hospitalarias, de medicina general y especializada; peluquerías, transportes de mercancías por carretera; autoescuelas; la creación artística y literaria; y las academias de enseñanza e idiomas, entre otras.
Para determinar estos sectores, la Junta ha tenido en cuenta diferentes criterios: importancia del sector de actividad en la generación y mantenimiento de empleo en la Comunidad Autónoma, importancia dentro de la cadena de valor de la actividad en la que está enmarcado, afectación directa e indirecta de los efectos de la pandemia y de las medidas sanitarias para el control de la misma sobre la actividad de los sectores propuestos desde el mes de marzo de 2020, reducción de la facturación en el sector de forma significativa y efectos de la misma en la estructura de costes del sector, así como la necesidad de acceso a liquidez para sostener la actividad y el empleo en cada sector o el efecto arrastre sobre otros sectores.
Importe y beneficiarios de las ayudas
El Real Decreto-Ley 5/2021 ha asignado a Castilla y León 232.560.230 euros de los 7.000 millones de euros consignados para el conjunto de España, lo que supone el 3,32 % del total, la segunda cifra más reducida del país en relación al número de autónomos.
En el caso de que por agotamiento del crédito asignado por el RD no sea posible atender a la totalidad de la solicitudes presentadas, la Junta de Castilla y León podrá articular, con cargo a crédito autónomo, un nuevo procedimiento dirigido a apoyar igualmente la solvencia y a reducir el endeudamiento de empresas y autónomos.
Los beneficiarios de estas ayudas directas serán las empresas no financieras y autónomos con domicilio fiscal en Castilla y León que pertenezcan a los sectores definidos por el Decreto Ley y la Junta de Castilla y León en la convocatoria.
Asimismo, las ayudas se dirigen a grupos y empresas cuyo volumen de operaciones haya sido superior a 10 millones de euros en 2020 y desarrollen su actividad en más de un territorio autonómico o las entidades no residentes no financieras que operen en España a través de establecimiento permanente. Además, también se pueden beneficiar los grupos, empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones y desarrollen su actividad en otros territorios podrán participar de las convocatorias que allí se convoquen.
Respecto a la cuantía de la ayuda, los empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva de tributación por módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el límite máximo de ayuda será de 3.000 euros. Además, la Junta, dentro de su margen de decisión, atenderá especialmente al colectivo de pequeños autónomos, empresarios y profesionales, otorgando el límite máximo previsto en la normativa (3.000 euros).
Para el resto de empresarios y profesionales, sin perjuicio de que se pueda incrementar si hubiera crédito disponible y de forma proporcional a la caída del volumen de operaciones de 2020, el importe inicial será de 4.000 euros.
Procedimiento ágil
Para la tramitación de las correspondientes solicitudes, la Junta de Castilla y León ha articulado un procedimiento ágil y simplificado, con la menor carga burocrática para los solicitantes, utilizando siempre que sea posible la fórmula de la declaración responsable y sin exigir requisitos adicionales a los previstos en la normativa. Así, en todo el procedimiento será obligatoria la tramitación electrónica.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 20 de mayo y estará abierto hasta el próximo 6 de julio, mientras que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución se ha fijado el 31 de diciembre de 2021.