Hacienda ha iniciado, un año más, la declaración de la renta y los contribuyentes deberán presentar la misma para rendir cuentas ante la Agencia Tributaria por el ejercicio fiscal de 2023. Pero, esta ocasión, este año habrá algunos cambios reseñables entre los que destaca que se devolverá a los pensionistas, entre ellos los de Castilla y León, lo pagado de más entre 2019 y 2023 por mutualidades.
De esta medida se verán beneficiados alrededor de 4,8 millones de jubilados en España y, para poder acceder a esta medida, AEAT ha puesto a disposición de los afectados un formulario de solicitud que debe cumplimentarse. Este documento permitirá la devolución del IRPF del periodo que va de 2019 hasta 2023, que no han prescrito, debido a las mutualidades que, en su día, no podían ser deducidas en las declaraciones de la renta.
Los afectados no han de aportar ninguna documentación adicional más allá de la pertinente solicitud de devolución, dado que la Agencia Tributaria se ha encargado de pedir toda la información que se necesita a la Seguridad Social. En dicha solicitud solo habrá que ingresar nombre y apellidos, cuenta bancaria en la que se realizará el ingreso del dinero y NIF.
Para hacer llegar dicho formulario a Hacienda hay que iniciar sesión en la sede electrónica mediante DNI electrónico Cl@ave PIN, certificado digital o número de referencia de la declaración de la renta, aunque también se puede llevar a cabo el trámite presencialmente en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria. En este caso no habrá que solicitar cita previa. También puede hacerse por teléfono. Una vez solicitada la rectificación, solo habrá que esperar a su resolución.
Cabe resaltar que el formulario se puede presentar en nombre de un tercero, por apoderamiento o colaboración social, pudiendo ser pedida por los herederos, previa identificación.
En el caso de las solicitudes sobre el año 2023, además de presentar el pertinente formulario, debe presentarse la declaración de la renta 2023. Ahora bien, si no es posible resolver una solicitud por falta de información, esta podrá ser requerida por Hacienda para poder verificar la misma.
El formulario mencionado puede ser usado para las devoluciones al periodo que va entre 2019 y 2023, pero para el 2023, en la gran mayoría de las situaciones, el cálculo ya estará reflejado en la renta web, por lo que el ajuste se llevará a cabo de forma automática en la propia declaración correspondiente al ejercicio del pasado año.
No obstante, hay algunos casos en los que las personas no tienen la posibilidad de pedir la devolución y es el contexto de aquellos que perciban las siguientes pensiones:
Los beneficiarios de pensiones de viudedad, ya que no se encuentran incluidas en la disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la Ley del IRPF, pues no derivan de las aportaciones del perceptor de la pensión.
Las pensiones satisfechas por Clases Pasivas a los funcionarios públicos si tan solo se les incluyó durante toda su vida laboral en el régimen de Clases Pasivas, pues no tienen la consideración de mutualidad.
Las obtenidas por aportaciones a mutualidades laborales de autónomos, puesto que se pudieron deducir ya en el momento de las aportaciones. Esto tiene que ver con que no se produce una doble imposición en la pensión.
Las pensiones no contributivas porque no se encuentran incluidas al provenir de aportaciones previas.
Sí tendrán derecho a reclamación las pensiones de aquellas personas que entre 1967 y 1978 contribuyeron a mutuas laborales y que en la actualidad cobran pensiones de jubilación o invalidez.
Dicha devolución contempla distintos sectores clave para el crecimiento y desarrollo económico del país en las décadas de los 60 y 70 del siglo XX, como son la banca, el comercio, la industria de la construcción y la metalurgia. El periodo reclamable va de 2019 a 2023, el anterior ya ha prescrito.
Los beneficiarios podrán ver dicha rectificación en la declaración de la Renta del presente año, concretamente en sus datos fiscales, donde deberá incluirse automáticamente esta devolución, que se corresponde con un 75% de las cotizaciones.
En lo que respecta a la cantidad que pueden llegar a devolver, variará en función del pensionista y lo que este haya cotizado, pero podrán recuperar el 25% de las cotizaciones de los últimos cuatro años.
Para cualquier duda al respecto de este trámite, desde la Agencia Tributaria ofrecen la posibilidad de contactar vía telefónica o de manera física pidiendo cita en el servicio a través de la sede electrónica, a través del apartado 'Mutualistas: Formulario de solicitud de devolución'.