La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha actualizado la orden que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la construcción o ampliación de cebaderos de las especies bovina, ovina o caprina, con mejoras solicitadas por el sector para simplificar su tramitación.
Esta modificación, que se ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León, incluye entre sus novedades que ya no es necesario ser titular de una explotación ganadera en el momento de la solicitud de la ayuda. Un registro que sí deberá completar el interesado antes del pago de la subvención.
Además, también se va a poder solicitar la ayuda para adaptar instalaciones que antes estaban destinadas a otra actividad o para crear centros de recría de animales de raza pura bajo la tutela de una asociación de raza reconocida en el catálogo oficial de razas ganaderas. Del mismo modo, se introducen las Sociedades Agrarias de Transformación como asociaciones beneficiarias.
Con la nueva propuesta, se sustituye el cálculo de la capacidad de instalación ganadera y ya no será Unidades de Ganado Mayor sino que tendrán en cuenta el número de plazas de cebo. Por ello, se subvencionarán las instalaciones que sean al menos para 90 plazas de cebo o 350 de ganado ovino o caprino.
La cuantía individual que es posible percibir sobre la inversión realizada se incrementa hasta el 50%, antes era del 40, con un máximo por beneficiario de 200.000 euros.
Por otro lado, permiten incluir como gastos los costes generales ligados a las inversiones. Por ejemplo, los honorarios de proyecto cuyo importe no exceda del 3,5% sobre la inversión susceptible de ser subvencionada o los de dirección de obra, que deben ser inferiores al 1,5% de la cuantía.
Finalmente, la orden establece unos módulos específicos en función de la actividad que evitará a los solicitantes tener que presentar tres facturas proforma.